2740 - Modificación Ord. 2356 Regulación Uso de Suelo Parque Industrial
ORDENANZA Nº 2740/2025
VISTO:
La Ordenanza N° 2356/2020, mediante la cual se creó el Parque Industrial y Tecnológico Colonia Caroya y el Ente Promotor del mismo.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta necesario disponer restricciones de uso de suelo a determinadas unidades funcionales que son parte integrante del Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya, a los fines de adecuarse a lo dispuesto en el Artículo 7° inciso i de la Ley N° 7255 de Parques Industriales de la Provincia de Córdoba.
Que, por razones de higiene, salubridad y convivencia, resulta oportuno destinar dichos sectores a la radicación de industrias de bajo impacto y/o empresas logísticas y de servicios complementarios a la industria.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 37 del día 12 de noviembre de 2025.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Modifíquese la Ordenanza N° 2356/2020, donde se incorpora el siguiente Artículo:
“…Artículo 17.- Incorpórese una restricción de Uso de Suelo para las unidades funcionales números del 1 al 11 y la unidad funcional número 50, según Plano de Mensura para constitución de Conjunto Inmobiliario visado por la Dirección General de Catastro, Expediente N° 0730-000223/2021, del fraccionamiento del Parque Industrial y Tecnológico Colonia Caroya, a fin de cumplimentar lo dispuesto en inciso i) del Artículo 7 de la Ley Provincial N° 7255 de Parques Industriales de la Provincia de Córdoba.
Respecto de las unidades funcionales 1 a la 11, la restricción comprenderá la radicación exclusiva en esas unidades funcionales de empresas dedicadas a servicios tecnológicos o industrias de bajo impacto.
Respecto de la unidad funcional 50, establézcase una restricción de Uso del Suelo de veinte metros (20 mts) sobre los laterales Noroeste y Sudoeste, linderos de la Parcela 1 y Parcela 1632-4153, todo según Expediente N° 0579-006119/2018. Esta restricción comprenderá la imposibilidad de construcción de naves industriales sobre el retiro perimetral antes citado. Sin embargo, podrá utilizarse para la construcción de oficinas administrativas, depósitos logísticos, y/o cualquier destino con bajo impacto ambiental.
Se adjuntan los Planos correspondientes a la presente como Anexo I…”
Artículo 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las gestiones necesarias y suficientes, tendientes para el logro de lo dispuesto en el precedente Artículo de la presente.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 12 DE NOVIEMBRE DE 2025.
Andrés Vidal Villalba Eliana De Buck
Secretario Legislativo Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante
ANEXO I
Andrés Vidal Villalba Eliana De Buck
Secretario Legislativo Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante
