2712 - Convenio Patrulla Rural Norte
ORDENANZA 2712/2025
VISTO
La nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal, en la que solicita autorización para suscribir un Convenio de Comodato con la Dirección General de Patrulla Rural – Dirección de Patrulla Rural Norte de la Policía de la Provincia de Córdoba, sobre una fracción de terreno del predio denominado “Ex Matadero Municipal”.
CONSIDERANDO
Que a los fines de concretar el mismo, es necesario cumplir con requerimientos administrativos previos del Gobierno de la Provincia de Córdoba, entre los cuales se encuentra la necesidad de contar con una autorización legislativa previa.
Que resulta necesario destinar ese predio, con el edificio existente en el mismo, para la instalación de una base operativa para la Dirección General de Patrulla Rural – Dirección de Patrulla Rural Norte de la Policía de la Provincia de Córdoba.
Que es de suma importancia para la ciudad contar con un lugar de asiento permanente de las fuerzas policiales especiales a fin de brindar una respuesta rápida a la ciudadanía en situaciones cotidianas que comprometan la seguridad de las personas.
Que de acuerdo a lo estipulado por el Artículo 145 inciso 8 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Poder Ejecutivo celebrar contratos o convenios que tengan por fin desarrollar actividades de interés para la comunidad local, garantizando los derechos del Municipio y de las partes involucradas, y sujeto a aprobación del Concejo Deliberante.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el cumplimiento de estos objetivos de interés comunitario.
Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 13 del 21 de mayo de 2025.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio de Comodato, sobre una fracción de terreno de 17.570 m² (70 m de frente por 251 m de fondo), que incluye el edificio que se encuentra enclavado en el predio de mayor superficie; todo ello parte de una superficie mayor del inmueble denominado “predio ex Matadero Municipal”, ubicada en Manzana 33 “A”, Lote 02, Catastro Municipal N° 5053, ubicado en la intersección de las calles Pedro Patat y 152 de la ciudad de Colonia Caroya. El Convenio será válido siempre que cuente con la ratificación del Concejo Deliberante.
Artículo 2º.- La autorización otorgada en el Artículo 1º, es al sólo efecto de que en dicho inmueble, se instale una base operativa para la Dirección General de Patrulla Rural – Dirección de Patrulla Rural Norte de la Policía de la Provincia de Córdoba.
Artículo 3º.- Deróguese en todos sus términos la Ordenanza N° 2604/2023.
Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN CASA DE LA HISTORIA Y LA CULTURA DEL BICENTENARIO DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 21 DE MAYO DE 2025.
Ángela Correa Gimera Eliana De Buck
Secretaria Administrativa Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante