2698 - Creación Marca Origen Colonia Caroya

           ORDENANZA 2698/2024

 

VISTO:

 

La Ley Nacional Nº 26.355 de Marcas Colectivas que en su Artículo 1º establece a las marcas colectivas como todo signo que distingue productos y/o servicios elaborados o prestados por las formas asociativas destinadas al desarrollo de la economía social.

 

La Ley Provincial Nº 10.787 que crea la Marca Provincia de Córdoba.

 

La Ordenanza N° 2187/18 de Marca Colectiva de Producción Uva Fambrua.

 

El Artículo Nº 75 de nuestra Carta Orgánica Municipal sobre Producción y Desarrollo.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que Colonia Caroya es una ciudad que se caracteriza por su producción histórica y tradicional, que la diferencia de otras localidades de Córdoba en lo referido a la producción frutihortícola y en la elaboración de productos regionales típicos basados en saberes ancestrales, como el vino frambua, producido en Colonia Caroya, dulces de frutas, polenta blanca, entre otros.

 

Que Colonia Caroya, por poseer un periurbano de producción agrícola, fomenta desde hace varios años la producción sustentable y la diferenciación de estos productos y sus derivados.

 

Que una marca de origen es un signo utilizado por diversas personas que cumplen con requisitos de producción, con la cual dan a conocer a los consumidores determinadas características (por ejemplo, origen geográfico, material, modo de fabricación y calidad) que sus productos y/o servicios comparten. El propietario de la marca origen es la entidad que agrupa a las personas que la utilizan, que para este caso sería la Municipalidad de Colonia Caroya a través de la Agencia de Desarrollo Económico y Productivo, quien tendrá la responsabilidad de garantizar que se cumpla con el reglamento de uso que se establezca para la marca. Es importante resaltar que los miembros de una Marca Origen pueden hacer uso simultáneo de su propia marca (marca individual) y de la Marca Origen Colonia Caroya.

 

Que la Agencia de Desarrollo Económico y Productivo busca a través de la Marca Origen Colonia Caroya unificar los productos regionales de la ciudad, con el objeto de darle un valor agregado en su comercialización, para diferenciarlos y darlos a conocer con la impronta y calidad que desde siempre los caracterizó.

 

Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº44 del 26 de diciembre de 2024.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1°.-Créase la Marca Origen Colonia Caroya para los productos regionales típicos y tradicionales, como así también las producciones que resulten derivadas, elaborados dentro del Ejido Municipal de la ciudad de Colonia Caroya. Asimismo, quedan incluidas las producciones de las antes mencionadas que resulten de los derivados.

 

Artículo 2°.-La Marca Origen Colonia Caroya comprende los productos y subproductos de producción primaria, que cumplen los estándares de calidad a lo largo de toda la cadena productiva. Los mismos son:

         Producción de vinos

         Grapas licores -Jugos

         Polenta Blanca

         Conservas, y dulces típicos

         Panificación típica

         Gastronomía típica

         Salame IG

         Producciones sustentables y/o sostenibles (lo comprendido dentro de la ordenanza de sustentabilidad)

         Turismo sustentable.

 

Artículo 3º.-Es Autoridad de Aplicación y Control de la presente Ordenanza la Agencia de Desarrollo Económico y Productivo de la Municipalidad de Colonia Caroya, o la que en un futuro la reemplace.

 

Artículo 4º.-Son objetivos de la presente normativa de Marca Origen Colonia Caroya:

         Reforzar la impronta de los productos regionales.

         Fomentar y propiciar el cooperativismo entre los productores involucrados.

         Fortalecer la comercialización. 

         Crear estrategias comunes de comunicación y mercadeo de los productos identificados bajo la marca.

         Fomentar el turismo y promoción de los productos.

 

Artículo 5º.-La Agencia de Desarrollo Económico y Productivo debe consolidar la Marcar Origen Colonia Caroya, a través de:

         La unificación de todos los productos bajo un logo común y una diferenciación según tipo de productos.

         La identificación de los establecimientos y puntos de venta de los productos mediante cartelería.

         La creación de los protocolos específicos para cada producto, en caso de que no estén diseñados.

         La realización de auditorías correspondientes para cada protocolo.

         La promoción y difusión del proyecto y de los beneficios de pertenecer al mismo.

 

Artículo 6º.-Crease el Registro para personas que realizan producciones y que deseen integrar la Marca Origen Colonia Caroya. Las mismas deben registrarse en la Agencia de Desarrollo Económico y Productivo.

 

Artículo 7º.-La reglamentación se debe definir mediante normativas y condiciones según el tipo de producto y/o servicio.

 

Artículo 8°.-Derógase en todos sus términos la Ordenanza N° 2187/18 de Marca Colectiva.

 

Artículo 9°.-Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

 

 

DADA EN LA SALA DR. RAÚL RICARDO ALFONSÍN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 26 DE DICIEMBRE DE 2024.

 

               Andrés Vidal Villalba                                                     Eliana De Buck

             Secretario Legislativo                                                        Presidente

               Concejo Deliberante                                                 Concejo Deliberante