2687 - Adhesión Ley Lucio

        ORDENANZA Nº 2687/2024

VISTO:

 

La Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 20 de noviembre de 1989 en Nueva York.

 

La Ley Nacional Nº 27.709 que modifica la Ley Nacional Nº 26.061 y crea el Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

 

La Ley Nacional Nº 27.455 que trata sobre Abuso en la Infancia.

 

La Ley Provincial Nº 10.973 que adhiere a la Ley Lucio.

 

La Ordenanza Nº 2259 del año 2019 que adhiere a la Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 9.944.

 

La Carta Orgánica Municipal en su Artículo 51 que establece como Políticas de Estado aquellas dirigidas hacia la Niñez y Adolescencia.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el Proyecto de Ley Nacional, surgió tras el asesinato de Lucio Dupuy, un niño de cinco años muerto en noviembre del 2021 en Santa Rosa, Provincia de La Pampa, hecho por el cual fueron condenadas su progenitora y su pareja.

 

Que el fin de la Ley Nacional, es otorgar capacitaciones continuas, permanentes y obligatorias en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes para personas que se desempeñan en áreas y dependencias del Estado Judicial, agentes de las Administraciones Provinciales, Municipales, organizaciones sociales, deportivas, recreativas y culturales.

 

Que busca prevenir la violencia de nuestras infancias y adolescencias.

 

Que nos interpela y compromete a quienes tenemos responsabilidades institucionales y políticas.

 

Que dentro de las formas y mecanismos de prevención, se apunta a realizar campañas de concientización para que se hagan extensivas a toda la sociedad.

 

Que por lo cual es fundamental formar y sostener vínculos de afecto y confianza durante la convivencia social, para beneficiar el desarrollo pleno e integral de niños y adolescentes; generando espacios y metodologías para que puedan ejercer su derecho de ser oídos durante los procesos administrativos y judiciales, de modo que se habilite su participación en diferentes ámbitos sociales y comunitarios.

 

Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº38 del 13 de noviembre de 2024.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1º.-Adhiérase la Municipalidad de Colonia Caroya a las disposiciones de la Ley Nacional Nº 27.709 “Ley Lucio”, que tiene por objeto la Creación del Plan Federal de Capacitación de carácter continuo, permanente y obligatorio en materia de derechos de niños, niñas y adolescentes.

 

Artículo 2º.-Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

 

 

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 13 DE NOVIEMBRE DE 2024.

 

              Andrés Vidal Villalba                                                    Eliana De Buck

             Secretario Legislativo                                                       Presidente

               Concejo Deliberante                                                Concejo Deliberante