1982 - Depósito de Cuenta Corriente 2037-8
ORDENANZA 1982/2016
VISTO:
La Ordenanza 1981/16 referida a la gestión del Fondo de Desarrollo Urbano para diferentes obras de Cordón Banquina y Pavimentación en calles de la ciudad de Colonia Caroya.
Y CONSIDERANDO:
Que se hace necesario establecer que los fondos que se recauden en concepto de “Contribución por Mejoras por Obras de Pavimentación y Cordón Banquina”, deban ser depositados en una Cuenta Corriente determinada, con el objetivo de ordenar el sistema administrativo y contable, y también para asegurar los pagos que el municipio debe afrontar por la realización de este tipo de obras.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante por el Artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 18 del día 22 de junio de 2016.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Dispónese que los fondos en concepto de “Contribución por Mejoras por Obras de Pavimentación (Asfáltica, de Hormigón y/o Intertrabados) y Cordón Banquina, que se recauden a través del Área de Recaudación Municipal y/o a través del Banco de la Provincia de Córdoba, deberán ser depositados en la Cuenta Corriente Nº 2037/8 (Banco de la Provincia de Córdoba).
Artículo 2º.- Los fondos depositados en la Cuenta Corriente Nº 2037/8 (Banco de la Provincia de Córdoba), serán destinados exclusivamente al pago de erogaciones vinculadas con obras municipales de Pavimentación (Asfáltica, de Hormigón y/o Intertrabados) y Cordón Banquina.
Artículo 3º.- Deróguese toda otra norma que se contraponga con los establecido en la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, Publíquese y Archívese.
DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 22 DE JUNIO DE 2016.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |