2587 - Ratificación Contratos Parque Industril y Tecnológico
ORDENANZA 2587/2023
VISTO:
La Ordenanza Nº 2575/23 sobre Pliego de Venta de la Licitación Pública Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya.
Los Contratos de Compra-Venta de lotes del Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya.
Y CONSIDERANDO:
Que los Convenios deben ser ratificados por el Concejo Deliberante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109, inciso 28, que establece que el Concejo Deliberante debe ratificar o rechazar los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con organismos internacionales, nacionales, regionales, provinciales, municipales o comunales, públicos o privados.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 09 del 19 de abril de 2023.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Contrato de Compra-Venta del lote 01 correspondiente al Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya, suscripto entre la empresa LOGISTICA HUEMUL S.R.L., representada por el Sr. Jorge Alberto Echegaray Pinto y la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Horacio Brandán, el Secretario de Gobierno, Arq. Adrián Zanier y el Sr. Secretario de Administración, Tec. Miguel Ángel Pérez, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, como Anexo I.
Artículo 2º.- Ratifíquese en todos sus términos el Contrato de Compra-Venta de los lotes 41 y 42 correspondiente al Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya, suscripto entre la empresa PROYECTO CROPS S.A.S., representada por el Sr. Osvaldo Alejandro Panero y la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Horacio Brandán, el Secretario de Gobierno, Arq. Adrián Zanier y el Sr. Secretario de Administración, Tec. Miguel Ángel Pérez, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, como Anexo II.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 19 DE ABRIL DE 2023.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
Anexo I
Anexo II
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |