2587 - Ratificación Contratos Parque Industril y Tecnológico
ORDENANZA 2587/2023
VISTO:
La Ordenanza Nº 2575/23 sobre Pliego de Venta de la Licitación Pública Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya.
Los Contratos de Compra-Venta de lotes del Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya.
Y CONSIDERANDO:
Que los Convenios deben ser ratificados por el Concejo Deliberante, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 109, inciso 28, que establece que el Concejo Deliberante debe ratificar o rechazar los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo con organismos internacionales, nacionales, regionales, provinciales, municipales o comunales, públicos o privados.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 09 del 19 de abril de 2023.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ratifíquese en todos sus términos el Contrato de Compra-Venta del lote 01 correspondiente al Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya, suscripto entre la empresa LOGISTICA HUEMUL S.R.L., representada por el Sr. Jorge Alberto Echegaray Pinto y la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Horacio Brandán, el Secretario de Gobierno, Arq. Adrián Zanier y el Sr. Secretario de Administración, Tec. Miguel Ángel Pérez, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, como Anexo I.
Artículo 2º.- Ratifíquese en todos sus términos el Contrato de Compra-Venta de los lotes 41 y 42 correspondiente al Parque Industrial y Tecnológico de Colonia Caroya, suscripto entre la empresa PROYECTO CROPS S.A.S., representada por el Sr. Osvaldo Alejandro Panero y la Municipalidad de Colonia Caroya, representada por el Sr. Intendente, Dr. Gustavo Horacio Brandán, el Secretario de Gobierno, Arq. Adrián Zanier y el Sr. Secretario de Administración, Tec. Miguel Ángel Pérez, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, como Anexo II.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 19 DE ABRIL DE 2023.
| 
 Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante | 
 Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante | 
 
Anexo I




 
Anexo II




| 
 Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante | 
 Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante | 
