2519 - Modificación Ord. 2477 Tarifaria Cementerio

ORDENANZA 2519/2022

 

VISTO:

La nota de elevación del Departamento Ejecutivo Municipal, de fecha 06 de julio de 2022, solicitando se modifique la Ordenanza Tarifaria 2022.

 

Y CONSIDERANDO:

 

La necesidad de liberar nichos del Cementerio Municipal, beneficiando a quienes sean propietarios de varios nichos, promoviendo la reducción de óbitos en un solo nicho, traslado a fosa común o traslado a nicho urnario.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad,  en Sesión Ordinaria Nº 21 del  20 de julio de 2022.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 36 inc. g) de la Ordenanza N°2477/2021, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 36.- A efectos de la aplicación de la Ordenanza General Impositiva, todo trámite o gestión ante esta Municipalidad está sometido a las tasas administrativas que a continuación se detallan y para aquellos no especificados se establece una tasa básica de Pesos Un Mil  ($ 1.000,00).

g) TASAS ADMINISTRATIVA REFERIDAS A CEMENTERIOS:

 

Exhumación o traslado de ataúd o urna:

 

     $4.000,00.-

- Dentro del Cementerio

- A otros Cementerios

     $2.200,00.-

Reducción

     $8.000,00.-

Permiso para colocar placas, lápidas, etc., por cuenta del responsable en nichos

     $ 450,00.-

 

REDUCCION Y LIBERACION DE NICHOS:

En los casos en que se proceda a la liberación de uno o más nichos grandes, ya sea por reducción de óbitos en un solo nicho, traslado a fosa común o traslado a nicho urnario, se efectuará un descuento del cincuenta por ciento (50%) sobre las Tasas Administrativas correspondientes conforme el inc. a) del presente Artículo.

Los nichos en concesión que se desocupen pasarán al poder de la Municipalidad, no correspondiendo reintegro alguno del importe abonado por el mismo. ”

 

Artículo 2º.- Modifícase el Artículo 46 inc. e) de la Ordenanza N°2477/2021, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“ e) En el caso de inhumaciones en nichos ocupados, en los cuales se efectúe la reducción previa para proceder a depositar la nueva inhumación y la urna funeraria anterior, y en los casos descriptos en el Art. 36 inc. b), abonará el 50% (cincuenta por ciento) del valor del nicho de acuerdo lo establecido en el presente artículo hasta tanto se produzca el vencimiento del arrendamiento que diera origen, si correspondiera.”

 

Artículo 3º.- Modifícase el Artículo 46 in fine “FALTA DE PAGO” de la Ordenanza N°2477/2021, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

FALTA DE PAGO: en caso de falta de pago de las Tasas establecidas en el presente artículo por un plazo igual o mayor a cinco (5) años, la Municipalidad  emplazará a los deudores a fin de la regularización de la deuda, bajo apercibimiento del presente artículo, por el término de cuarenta y cinco (45) días corridos, mediante:

-  Publicaciones en el Boletín Oficial Municipal durante cinco (5) días alternos.

-  En caso de que los nichos posean un responsable a cargo en el sistema municipal, se los intimará a los domicilios registrados.

-  Avisos colocados en el Cementerio y en el Edificio Municipal.

-  Publicación en dos (2) medios de comunicación locales.

El plazo comenzará a contar desde el día de la primera publicación en el Boletín Oficial Municipal. La información a publicar debe contener: nombre del difunto, fecha de fallecimiento asentada en el archivo municipal y número de nicho.

Vencido el plazo sin la regularización de la deuda, se procederá a desocupar los nichos en tales condiciones, ubicándose los restos reducidos en el Osario Común o en una fosa común.

El presente no significa condonación de deuda alguna, la cual podrá ser ejecutada por el Municipio, sumando los gastos administrativos, Tasas por traslados y reducciones que correspondan.”

 

Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA  DR. RAUL RICARDO ALFONSIN  DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA  20 DE  JULIO DE 2022.

     

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

 

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante