1969 - Rectificación Ord. 1904

ORDENANZA Nº 1969/2016

VISTO:

El Expediente N° 48152/14, del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por los Sres. Rodolfo Domingo Mariano, D.N.I. N° 7.985.508, y Alicia Esmeralda Mariano D.N.I. N° 4.230.125, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 14 de Agosto de 2015.-

La existencia de la Ordenanza 1904/15, sancionada con fecha 09 de septiembre de 2015, y promulgada mediante Decreto 371/15 de fecha 14 de septiembre de 2015.

Y CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.

Que en al Expediente N° 48152/14,  obra foja Nº 052 el correspondiente Plano de Loteo debidamente aprobado por el Colegio Profesional de Ingenieros Civiles de la Provincia de Córdoba, Delegación Nº 9 Norte.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 10 del 21 de abril de 2016.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
 ORDENANZA

Artículo 1º.- Rectificar el Artículo 5º de la Ordenanza 1904/15, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Apruébase el Plano de Loteo de la Propiedad de los Sres. Rodolfo Domingo Mariano y Alicia Esmeralda Mariano, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula N° 1.456.551, propiedad N° 1302-2833211/0; y que abarca las manzanas 11-B-12, 11-B-13, 11-B-14 y 11-B-15 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya”.

Artículo 2º.-  Rectificar el Artículo 6º de la Ordenanza 1904/15, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: “Ordenar la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del Plano de Loteo, y que se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley N° 1112—B-1956”.

Artículo 3º.- Elevar la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, Dése al Registro del Concejo Deliberante Publíquese y Archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 21 DE ABRIL DE 2016.

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante