1967 - Aumento tarifas taxis y remises
ORDENANZA Nº 1967/2016
VISTO:
La nota elevada al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya, con fecha del 13 de marzo de 2016, por los propietarios y choferes de taxis y remises de nuestra ciudad, solicitando una actualización de los valores de la tarifa, establecidos en la Ordenanza 1879/15 que regula las tarifas de taxis y remises, debido al aumento de los costos insumidos en la prestación del servicio.
La nota elevada al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya, con fecha 31 de marzo de 2016, por el Departamento Ejecutivo Municipal, en donde se detalla los aumentos de los insumos que corresponde al rubro.
La Ordenanza 1879/15 del Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya, que regula las tarifas de taxis y remises, sancionada el día 29 de abril de 2015.
Y CONSIDERANDO:
Que la Carta Orgánica Municipal establece en su Artículo 135, que requiere Doble Lectura, todo asunto que el Concejo Deliberante considere conveniente y que entre la primera y la segunda lectura debe mediar un plazo no menor de quince (15), días en el que el Concejo Deliberante debe dar amplia difusión pública al proyecto, a realizar al menos una Audiencia Pública, teniendo especial cuidado de invitar a las personas y entidades interesadas directamente en su discusión.
El tratamiento en doble lectura, como lo establece la Carta Orgánica Municipal, y habiendo cumplido con la convocatoria a Audiencia Pública, el día 18 de abril de 2016 con la participación de un representante de las agencias de remises de nuestra ciudad.
Las atribuciones conferidas por el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación en Sesión Ordinaria Nº 10 del día 21 de abril de 2016.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Establécese los valores tarifarios para el servicio de transporte público de pasajeros, en la modalidad de taxis y remises para la ciudad de Colonia Caroya.
Artículo 2º.- El valor de la tarifa, está conformado por los siguientes ítems:
a) Bajada de bandera.
b) Caída de ficha cada cien metros de recorrido.
c) Tiempo de espera.
Artículo 3º.- Fijar a partir del 2 de mayo del corriente año 2016 la siguiente tarifa; diecisiete pesos con cincuenta centavos ($17,50) el valor para la bajada de bandera, en un peso con veinte centavos ($1,20) para la caída de ficha cada cien (100) metros recorridos y en ciento trece pesos ($ 113) para cada hora de espera real del pasajero.
Artículo 4º.- Fijar a partir del 1 de agosto del corriente año 2016 la siguiente tarifa; veintiún pesos ( $21) el valor para la bajada de bandera, en un peso con cuarenta centavos ($1,40) para la caída de ficha cada cien (100) metros recorridos y en ciento treinta y tres pesos ($133) para cada hora de espera real del pasajero.
Artículo 5º.- Derógase la ordenanza Nº 1879/15.
Artículo 6º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir su promulgación.
Artículo 7º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 21 DE ABRIL DE 2016.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |