2380 - Prórroga Suspención Usos No Permitidos
ORDENANZA 2380/2020
VISTO:
La Ordenanza Nº 2018/16 en su Artículos 6º establece plazos de suspensión de la vigencia de la definición de Usos del Suelo No Permitidos, incluidos en la Ordenanza 1788/2013.
La Ordenanza Nº 2346/20 que extendió dichos plazos hasta el día 31 de diciembre de 2020.
Y CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo está desarrollando un trabajo para confeccionar un Programa de Planificación Estratégica para el Desarrollo Local, con la asistencia metodológica de la Universidad Nacional de Córdoba, y en uno de sus ejes temáticos trata específicamente los usos de suelo del ejido municipal.
Que a partir de los informes preliminares que surgen de las etapas del desarrollo de la construcción colectiva del Plan de Estratégico para el Desarrollo Local hay elementos y consideraciones de importancia relevante que deben incluirse en el análisis que requiere el Artículo 6º de la Ordenanza 2018/16 y Artículo 23 de la Carta Orgánica Municipal.
Que se encuentra en pleno desarrollo el plan de trabajo acordado con la Universidad Nacional de Córdoba y en proceso el Informe de estudio de diagnóstico del estado de los componentes culturales, económicos, institucionales, de infraestructura, use del suelo, desarrollo económico, ambiente y social del municipio, informe que se constituirá en soporte de información para avanzar en la necesidad de modificar o ratificar las Áreas y Usos de Suelo establecidos en la Ordenanza 1788/13 de Planeamiento Urbano y Rural de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Que en virtud de lo antedicho, resulta necesario extender el plazo establecido en el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 2018/16.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante por el Artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 43 del diciembre de diciembre de 2020.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Extiéndase hasta el día 30 de junio de 2021 el plazo indicado en el Artículo 6º de la Ordenanza Nº 2018/16, que establece que el Departamento Ejecutivo Municipal, deberá remitir al Concejo Deliberante, proyecto de Ordenanza o informe que ratifique o modifique Áreas y Usos del Suelo para actualizar la Ordenanza 1788/13 de Planeamiento Urbano y Rural de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Artículo 2º.- Deróguese la Ordenanza Nº 2346/20.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2020.
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Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
