2378 - Eximición Terra Nostra IV
ORDENANZA 2378/2020
VISTO:
El Convenio de Tenencia Precaria suscripto entre la Municipalidad de Colonia Caroya y los beneficiarios del Programa Terra Nostra IV, con fecha 10 de octubre de 2019.
Y CONSIDERANDO:
Que no habiéndose realizado aún la apertura de calles en el loteo incluido en el mencionado programa, ni existiendo prestacion de servicios por parte del Municipio en los inmuebles mencionados, en virtud de lo dispuesto por el Art 5 de la Ordenanza General Impositiva 1855/14, no es procedente el cobro de la Contribucion que incide sobre los Inmuebles, en los catastros incluidos en dicho programa por los periodos 2019 a 2020.
Que es atribucion de este cuerpo legislativo disponer la eximición de pago de la contribucion que incide sobre los inmuebles.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 41 del día 02 de diciembre de 2020.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Dispóngase la eximición del pago de la Contribución que Incide sobre los Inmuebles (Tasa a la Propiedad) para los beneficiarios del Programa Terra Nostra IV que se detallan a continuación, para los períodos fiscales 2019 y 2020:
TITULAR BENEFICIARIO |
CATASTRO |
SORIA MARIO |
9548 |
SAHAJDACNY MARCIO |
9549 |
SEGURA LUIS |
9550 |
VOSS GUSTAVO |
9551 |
JUAREZ PATRICIA |
9552 |
ALMADA MARIANA |
9553 |
COLQUE CORTEZ TORIBIO |
9554 |
TARRAGA DIEGO |
9555 |
CARCAVILLA NORBERTO |
9556 |
RAMOS MAURO |
9557 |
GARCÍA JONATHAN |
9558 |
MONINA FERNANDO |
9603 |
SOILVA SOL ELENA |
9604 |
MATRONE FRANCO |
9605 |
GARAY RAMÓN |
9606 |
Artículo 2º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 02 DE DICIEMBRE DE 2020.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |