2365 - Perforación Cooperativa Agua Potable
ORDENANZA 2365/2020
VISTO:
La nota de la Cooperativa de Servicios Públicos, de fecha 06 de mayo de 2020, solicitando autorización, en su carácter de concesionaria del servicio de agua potable de la ciudad de Colonia Caroya, para el emplazamiento dentro del predio del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón, de una obra de captación de agua subterránea (pozo profundo – Perforación), parte de una obra de conducción y una cisterna de almacenamiento y regulación de la presión, que formarán parte del sistema de captación y distribución de agua potable de la ciudad.
La necesidad de contar con obras de infraestructura para el abastecimiento de agua potable en la ciudad, que cubran la demanda de los habitantes, acompañando el crecimiento poblacional esperado para los próximos años, de acuerdo a los estudios demográficos que forman parte de los parámetros básicos de diseño de este tipo de obras.
Y CONSIDERANDO:
Que las obras de perforación, conducción y cisterna que se proponen construir en el predio del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón, forman parte de las obras proyectadas para el servicio de agua potable de la ciudad para cubrir las demandas actuales y futuras de los habitantes.
Que es necesario incrementar las fuentes de agua de la ciudad, teniendo en cuenta los datos y estudios demográficos.
Que la ubicación de las nuevas obras de fuente de agua, conducción y almacenamiento, debe responder a fundamentaciones técnicas y económicas que permitan la adaptación, reacondicionamiento y ampliación de la infraestructura del servicio de agua potable.
Que el predio del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón se ajusta a los requerimientos de ubicación estratégica, requeridos para el emplazamiento de las obras proyectadas.
Que existe la oportunidad de mejorar y ampliar la infraestructura del servicio de agua potable de la ciudad, generando una obra de múltiples funciones.
Que de acuerdo a la evaluación preliminar de fuente de agua subterránea, el sector del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón está circunscripto en un área con potencialidad hidrogeológica.
Que hay disponibilidad de espacio para el emplazamiento de las obras.
Que es una oportunidad de generar un espacio que potencie el uso y apropiamiento del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón por parte de los vecinos de la ciudad.
Que la Secretaría de Obras Públicas y Viviendas de la Municipalidad de Colonia Caroya, ha evaluado la propuesta técnica del proyecto de obra de perforación, conducción y cisterna presentada por la Cooperativa de Servicios Públicos y ha realizado una incorporación de la obra de la cisterna al diseño propio del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón, generando espacios potenciales para escenarios, espectadores, sectores para canteros y posibles fuentes/juegos de agua, sectores de gradas naturales y explanada, formando así un conjunto integrado con las edificaciones existentes dentro del predio.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 34 del 14 de octubre de 2020.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorícese el emplazamiento de las obras de captación de agua subterránea (perforación), conducción y cisterna en el predio del Parque María Rosa Fogliarini de Guyón, según plano que se adjunta como Anexo I a la presente.
Artículo 2º.- Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un Convenio con la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda., a los fines de establecer que:
a) los materiales, mano de obra y conducción técnica de las obras de perforación, conducción y cisterna, estarán a cargo de la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda.;
b) los materiales y mano de obra del embellecimiento de la perforación y conducción, estarán a cargo de la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda.;
c) los materiales para las obras de embellecimiento de la cisterna estarán a cargo de la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda., según especificaciones técnicas de la Municipalidad de Colonia Caroya;
d) la mano de obra y dirección técnica de las obras de embellecimiento de la cisterna estarán a cargo de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Todo ello conforme a planos que se adjuntan como Anexo II a la presente.
Artículo 3º.- Las obras se desarrollarán en dos etapas:
a) La primera etapa consta de la ejecución de las obras de captación (perforación) y de conducción. La Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda. sólo podrá utilizar las obras de perforación y conducción una vez culminado, en su totalidad, el embellecimiento de las mismas.
b) La segunda etapa consta de la realización de la construcción de la cisterna. La Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús Maria Ltda. sólo podrá hacer uso de la cisterna una vez culminado, en su totalidad, el embellecimiento de la misma.
Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 14 DE OCTUBRE DE 2020.
Eliana De Buck, Secretaria Legislativa, Concejo Deliberante.
Alejandro Ghisiglieri, Presidente Concejo Deliberante.
Eliana De Buck, Secretaria Legislativa, Concejo Deliberante.
Alejandro Ghisiglieri, Presidente Concejo Deliberante.