1930 - Comodato Grupo Scout 360
ORDENANZA 1930/2015
VISTO:
El Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Grupo Scout 360 “San Antonio de Padua”.
Y CONSIDERANDO:
El artículo 145, inciso 8, de la Carta Orgánica Municipal en donde es atribución del Intendente celebrar Convenios sujetos a aprobación del Concejo Deliberante.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 5 del 04 de noviembre de 2015.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ratifícase el Contrato de Comodato entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Grupo Scout 360 “San Antonio de Padua”, el cual se adjunta a la presente como Anexo I.
Artículo 2º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 04 DE NOVIEMBRE DE 2015.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |