1812 - 1812 - Montos de Contrataciones

                                                                                

ORDENANZA 1812/2014

 

 

VISTO:

 

El Proyecto de Ordenanza elevado por el Departamento Ejecutivo, por el que solicita los nuevos montos en base a los cuales se pueden realizar las contrataciones previstas en el Régimen de Contrataciones dispuesto por Ordenanza Nº 1702/12.

 

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que conforme Ordenanza Nº 1702/12, de fecha 21 de Marzo de 2012, se estableció el nuevo Régimen General de Contrataciones, que regula todo lo atinente al funcionamiento de la gestión Administrativa Municipal.

 

Que el Régimen de Contrataciones vigente, requiere para su operatividad, que se fije los montos máximos o límites para cada tipo o modalidad de Contratación.

 

Que aparte de fijarse los montos máximos o límites, para cada modalidad de Contratación, resulta necesario adecuar dichos importes a la realidad económica actual en que se encuentra  nuestro  país, afectado por un crónico proceso inflacionario, que altera  permanentemente  el  valor  o precios de los bienes y servicios que necesita contratar el Municipio.

 

Su tratamiento y aprobación en Sesión del 19 de marzo del año 2014.

 

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

 

 

 

Artículo 1º.­ Establecer que los montos fijados por la presente Ordenanza, para las contrataciones en sus modalidades: Contratación Directa; Concurso Privado de Precios; Concurso Público de  Precios y Licitación Pública, tendrán vigencia hasta el día 31 de Diciembre del año Dos mil catorce (31/12/2014).

 

Artículo 2º.­ Establecer, para la modalidad de CONTRATACIÓN DIRECTA, de conformidad a lo previsto en el artículo 9, del Régimen de Contrataciones vigente, los siguientes montos máximos o límites a saber:

 

a)  Para la modalidad de Contratación Directa, sin previa solicitud de cotización, según lo previsto   en el art. 9º, inc. 1º, del Régimen de Contrataciones, fijar el monto de hasta la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.­)

 

b)   Para la modalidad de Contratación Directa, con previa solicitud de dos (2) cotizaciones como mínimo, según lo previsto en el art.9º, inc. 2º, del Régimen de Contrataciones, se fija su aplicación cuando el monto de la contratación supere la suma de pesos cincuenta mil ($ 50.000.­) y hasta la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000.­).


c)  Para la modalidad de Contratación Directa, con previa solicitud de Tres (3) cotizaciones como mínimo, según lo previsto en el art.9º, inc. 3º, del Régimen de Contrataciones, se fija su aplicación cuando el monto de la contratación supere la suma de pesos ciento cuarenta mil ($ 140.000.­) y hasta la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000.­).

 

Artículo 3º.­ Establecer la modalidad de contratación por CONCURSO PRIVADO DE PRECIOS, conforme lo previsto en el art. 10º del Régimen de Contrataciones, para  contrataciones  cuyo monto supere la suma de pesos doscientos cuarenta mil ($ 240.000.­) y hasta la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000.­).

 

Artículo 4º.­ Establecer la modalidad de contratación por CONCURSO PUBLICO DE PRECIOS, conforme lo previsto en el art. 11º del Régimen de Contrataciones, para  contrataciones  cuyo monto supere la suma de pesos quinientos mil ($ 500.000.­) y no exceda la suma de pesos un   millón ( $ 1.000.000.­).

 

Artículo 5º.­ Establecer la modalidad de contratación por LICITAION PUBLICA, conforme lo previsto en el art. 12º del Régimen de Contrataciones, para contrataciones cuyo monto supere la suma de pesos un millón ($ 1.000.000.­).

 

Artículo 6º.­ Establecer el límite máximo para la modalidad de contratación por FONDO FIJO, conforme lo previsto en el art.16 º del Régimen de Contrataciones, por cada comprobante o documento respaldatorio que lo sustituya, en la suma de pesos un mil ($ 1.000.­)

 

 
 


Artículo 7º.­ Comuníquese, Elévese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, Publíquese, Dese al Registro Municipal y Archívese.

 

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 19 DE MARZO DE 2014.

 

 

 

 

 

 

Lic. Cecilia Della Casa: Presidente Concejo Deliberante Lic. Eliana De Buck: Secretaria Legislativa