2319 - Convenio Dación en Pago La Caroyense

ORDENANZA 2319/2019

 

VISTO:

 

El Convenio de Dación en Pago suscripto con fecha 11 de diciembre de 2019, del cual surge la entrega de una fracción de terreno realizada por La Caroyense S.A. a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es facultad del titular del Ejecutivo Municipal recaudar los tributos y rentas conforme el Artículo 145, inciso 17, de la Carta Orgánica Municipal.

 

Que el Código Civil y Comercial de la Nación en su Artículo 942 recepta la figura de la Dación en Pago como un modo de extinción de las obligaciones.

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante, ratificar los Convenios celebrados por el Departamento Ejecutivo Municipal con privados.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad.

 

Que la parcela de terreno dada en pago al municipio, se afectará al dominio público municipal, facilitando el desarrollo urbanístico del sector, dadas sus características y ubicación estratégica.

 

Que a los fines de la suscripción de los instrumentos legales necesarios para la inscripción registral de la parcela entregada a favor del municipio, se requiere la ratificación del Convenio por parte de este Cuerpo Deliberativo.

 

Que de las constancias obrantes en el municipio, surge que la deudora es propietaria de la superficie mayor de la parcela entregada, registrada bajo el Catastro Municipal N° 4705.

 

Que con el Convenio de Dación en Pago y la correspondiente entrega de la parcela de setecientos veintinueve metros cuadrados (729m²) se extinguen las obligaciones tributarias adeudadas por La Caroyense S.A., según el detalle adjunto al Convenio.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Extraordinaria Nº 1  del  27  de diciembre de 2019.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

Artículo 1º.­ Ratifíquese el Convenio de Dación en Pago de una parcela, realizada por La Caroyense S.A., titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal N° 4705, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Convenio de Dación en Pago suscripto el día 11 de diciembre de 2019, de una superficie total de setecientos veintinueve metros cuadrados (729 m²) que son parte de una mayor superficie propiedad de la Donante designada catastralmente con el N° 4705, registrada en Dirección General de Catastro bajo la nomenclatura 1302090202031007 y DGR cuenta N° 130240383099, que consta de 25 metros de frente sobre calle 42 ­ Osvaldo Conterno y 29,16 metros de frente sobre calle 22 – J. Romanutti, haciendo una


superficie total de 729 m² (setecientos veintinueve metros cuadrados), cuyo contenido se adjunta a la presente como Anexo I.

 

Artículo 2º.­ Afectar la fracción de terreno descripta en el Artículo precedente al Dominio Público Municipal, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.

 

Artículo 3º.­ Ordenar, que previo la confección y aprobación por los organismos competentes del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela cedida en el Registro General de Catastro de la Provincia de Córdoba, debiendo suscribirse los instrumentos legales necesarios para tal fin.

 

Artículo 4º.­ Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL 27 DE DICIEMBRE DE 2019.

 

 

Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante


Anexo I

 
  Cuadro de texto: