1877 - Donación Lóndero Roldán Tessan Pagnutti Exp.48524

VISTO:

El Expediente Nº 48524/14, del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por los

Sres. Aldo Ramón Lóndero, D.N.I. Nº 6.392.344, Mario Eduardo Roldán, D.N.I. Nº 12.637.892,

Nelson Omar Pagnutti, D.N.I. Nº 16.140.975, y Cristian Iván Tessán, D.N.I. Nº 21.422.760, a favor

de la municipalidad de colonia caroya

Febrero de 2014.-

Y CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo

efectúen a favor de la Municipalidad

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo

integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil u

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al dominio público Municipal,

para apertura de calle Nº 1, hoy José Alice,

Que a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la

Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario

aceptó la donación que se efectuó a su favor.

Que de las constancias obrantes en el Exped

Donantes Aldo Ramón Lóndero, Mario Eduardo Roldán, Cristian Iván Tessán y Nelson Omar

Pagnutti, son propietarios Titulares en mayor superficie, de la fracción o parcela que donan a favor

de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 8023, y que dicho Inmueble se

encuentra libre de todo gravamen.

Que con el Acta de Donación y Cesión Gratuita e irrevocable, obrante en el Expediente

Nº 48524/14, se acreditó la donación de la parcela relacionada

Sres. Aldo Ramón Lóndero, Mario Eduardo Roldán, Cristian Iván Tessán y Nelson Omar Pagnutti a

favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

Su tratamiento y aprobación unánime

POR ELLO:

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable

Lóndero, Mario Eduardo Roldán, Cristian Iván Tessán y Nelson Omar Pagnutti, titulares de la

parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 8023, a favor de

Caroya, conforme al Acta de Donación

Ord. 1877/15 Página

ORDENANZA Nº 1877/2015

, , caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha

Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se

Municipalidad.

urbanístico-rural que la car

facilitando el desarrollo urbanístico del sector

ertinente Expediente Nº 48524/14, surge y quedó acreditado que los

ad, , precedente, efectuada por los

en Sesión Ordinaria del 22 de abril del año 2015

EL CONCEJO DELIBERANTE

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

realizada por los Sres. Aldo Ramón

La Municipalidad De Colonia

y Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha

1 de 2

, Veintisiete de

caracteriza.

sector.

2015.

Cuatro de

Artículo 3º.- Apruébase el Plano de Mensura y Subdivisión

Ramón Lóndero, Mario Eduardo Roldán, Cristian Iván Tessán y Nelson Omar Pagnutti

título se encuentra inscripta en la Matrícula Nº 1.353.631

2.058.755/1; y que abarca las manzanas 11

zona urbanizada de Colonia Caroya.

Artículo 4º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y

pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela

donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conform

en el Decreto Ley Nº 1112–B-1956.

Artículo 5º.-Elevar la presente Ordenanza

su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en

la misma, Dése al Registro del Concejo Deliberante

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN

COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL

Lic. Cecilia Della Casa:

Carolina Fossatto: Secretaria Legislativa