2212 - Donación de calle Cadamuro Aída
ORDENANZA 2212/2018
VISTO:
El Expediente Nº 620180643/18 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la Sra. Aida Emilia Cadamuro, D.N.I. Nº 5.577.645, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 19 de octubre de 2018.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución del Concejo Deliberante aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para apertura de Calle 41, hoy Fortunato Rizzi; y de Calle 42, hoy Osvaldo Conterno, entre Calle 20-S.Garione y Calle 21-G. Céspedes, facilitan el desarrollo urbanístico del sector.
Que a los fines de la pertinente inscripción registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620180643/18, surge y quedó acreditado que la Donante Aída Emilia Cadamuro, es propietaria Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que donan a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 5377, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que con el Convenio de Donación de Inmueble, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 620180643/18, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por la Sra. Aída Emilia Cadamuro a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 36 del 24 de octubre de 2018.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Aída Emilia Cadamuro, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 5377, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 19 de octubre de 2018, de 457,56 m2 (cuatrocientos cincuenta y siete metros con cincuenta y seis centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad del Donante, todo según Croquis adjunto y que forma parte de la presente.
Artículo 2º.- Afectar la fracción de terreno donada por la Sra. Aída Emilia Cadamuro al Dominio Público Municipal y para apertura de Calle 41, hoy Fortunato Rizzi, con
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una superficie de 229,63 m2 (doscientos veintinueve metros con sesenta y tres centímetros cuadrados); y de Calle 42, hoy Osvaldo Conterno, con una superficie de 227,93 m2 (doscientos veintisiete metros con noventa y tres centímetros cuadrados); entre Calle 20-S.Garione y Calle 21-G.Cespedes, haciendo una superficie total de 457,56 m2 (cuatrocientos cincuenta y siete metros con cincuenta y seis centímetros cuadrados).
Artículo 3º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B-1956.
Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 24 OCTUBRE DE 2018.
Eliana De Buck
Secretaria Legislativa
Concejo Deliberante
Alejandro Ghisiglieri
Presidente
Concejo Deliberante