2128 - Convenio Gas natural
ORDENANZA Nº 2128/2017
VISTO:
Que en la Ordenanza 2103/17 se dispone la ampliación de la red de gas natural de acuerdo a la Resolución Normativa N° 1/910 emanada por el Enargas.
Que es intención del Gobierno de la Provincia de Córdoba, en el marco del Plan Quinquenal de Infraestructura Gasífera 2015/2019, dotar y facilitar a todos los habitantes de la provincia el acceso al servicio de gas natural.
Que el Gobierno de la Provincia de Córdoba crea, a través del Decreto N° 1600/2017, el Fondo de Financiamiento de Redes Domiciliarias de Gas Natural, cuyo destino son los Municipios y Comunas de la Provincia de Córdoba para el desarrollo de obras de redes de distribución domiciliaria de gas natural.
Y CONSIDERANDO:
Que la obra de provisión de gas natural domiciliario a los vecinos de Colonia Caroya es prioritaria para el desarrollo de la vida social y económica, atendiendo las necesidades domésticas, institucionales, comerciales e industriales de esta ciudad.
Que corresponde dictar instrumentos legales necesarios para que el Departamento Ejecutivo Municipal, pueda administrar y ejecutar las obras de Gas Natural de acuerdo con el proyecto integral DC N° 00225 realizado por la Distribuidora de Gas del Centro S.A. (Ecogas) y que abarca toda la zona urbana, y a distintos proyectos particulares aprobados por Ecogas, situados dentro de su ejido y en la zona rural de esta ciudad.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 45 del día 27 de diciembre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Adhiérase esta Municipalidad al Convenio para el Financiamiento de Redes de Distribución Domiciliaria de Gas Natural, suscripto por el Gobierno de la Provincia de Córdoba, el Banco de Córdoba S.A. y Distribuidora de Gas del Centro S.A., aprobado por Decreto 1600/2017 de fecha 12 de octubre de 2017.
Artículo 2º.- Ratifícase por esta Municipalidad todas y cada uno de los términos de chicho acuerdo, autorizando expresamente la suscripción al Señor Intendente Municipal de todo convenio o acuerdo que permita hacer efectivo el cumplimiento de cada uno de los puntos contenidos en el Convenio para el Financiamiento de Redes de Distribución Domiciliarias de Gas Natural.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DE 2017.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |