2125 - Red cloacal Barrio Los Álamos
ORDENANZA Nº 2125/2017
VISTO:
El Convenio de Colaboración Recíproca entre los Municipios de Colonia Caroya y Jesús María para la realización de la obra de cloacas en el Barrio Los Álamos, que fuera ratificado por el Concejo Deliberante mediante Ordenanza Nº 2108/17, de fecha 4 de octubre de 2017, promulgada por Decreto Nº 405/17, de fecha 9 de octubre de 2017.
El Proyecto de Obra de Red de Cloacas para Barrio Los Álamos, elaborado por la Secretaría de Obras Públicas, Privadas y Vivienda.
El Presupuesto de Costos para la ejecución de la Red de Cloacas para Barrio Los Álamos, presentado por la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús María Ltda.
Y CONSIDERANDO:
Que resulta imperioso por razones de necesidad y urgencia, basadas en la salubridad pública y en el mejoramiento del hábitat urbano, proceder a realizar esta obra en ese sector de la ciudad.
Que la obra de Red Colacal para Barrio Los Álamos, constituye la primer obra en su tipo que se desarrollará en el ejido municipal de Colonia Caroya, y será la que dará comienzo a todas las obras barriales que en materia de cloacas se comenzarán a ejecutar en nuestra ciudad.
Que la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús María Ltda., es una institución con experiencia en la realización de este tipo de obras domiciliarias, como así también es un ente basado en el interés general de la comunidad, lo cual se ha plasmado a lo largo de los años, en diversos convenios de ejecución de obras y servicios en el ámbito local.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 43 del día 20 de Diciembre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Declárese de Interés Municipal y de Utilidad Pública el Proyecto de Obra denominado: “Red Cloacal en Barrio Los Álamos”.
Artículo 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa a la Cooperativa de Servicios Públicos de Colonia Caroya y Jesús María Ltda., para la ejecución de la obra antes descripta, por la suma de pesos setecientos sesenta y siete mil quinientos veintinueve con cinco centavos ($767.529,05.-), mas I.V.A.
Dicho monto podrá ser modificado de común acuerdo entre las partes, por las variaciones de costos que se produzcan durante la ejecución de dicha obra.
Artículo 3º.- Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría de Obras Públicas, Privadas y Vivienda, proceda a dictar todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 20 DE DICIEMBRE DE 2017.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |