1896 - Junta electoral municipal mesas 350 electores
ORDENANZA Nº1896/2015
VISTO:
La nota de elevación presentada al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya con fecha 15 de julio de 2015 firmada por el Doctor Matías Peralta Cruz, Juez Electoral de la Junta Electoral Municipal, solicitando la posibilidad de integrar mesas de hasta 400 electores para las próximas elecciones municipales que se llevarán a cabo el próximo domingo 26 de julio de 2015.
El Acta Acuerdo firmada por los apoderados de los partidos políticos con fecha del 16 de julio, a los fines de consensuar la conformación de las mesas para la próximas elecciones generales a llevarse a cabo el día 26 de julio de 2015 por el que se acuerda que las mesas estarán formadas por trescientos cincuenta (350) electores.
El artículo 2 de la ordenanza 1635/11 que enuncia “El Padrón Electoral Municipal contendrá hasta doscientos ochenta (280) electores por cada mesa habilitada para votación.”
Las atribuciones conferidas por el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya.
Y CONSIDERANDO:
Que el pedido es solicitado por todos los integrantes de la Junta Electoral Municipal como máxima autoridad de los comicios municipales.
Que en las elecciones municipales del año 2011, los apoderados de los partidos políticos ya habían consensuado a través de un acta acuerdo la decisión de aprobar mesas de hasta 300 electores.
Que el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad de los señores concejales la Ordenanza N 1663/11 referida a autorizar las mesas de 300 electores.
Que las elecciones municipales del año 2011 así como las elecciones PASOS del día 17 de mayo de 2015 demostraron que las elecciones se realizaron en un contexto de tranquilidad y transparencia electoral.
Que el acto comicial es un reflejo del compromiso y la responsabilidad ciudadana de cada vecino que participa en las elecciones, ya sea como autoridad de mesa o como apoderado o fiscal de los partidos políticos.
Su tratamiento y aprobación en la Sesión Especial del 16 de julio del 2015.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Suspéndase para las elecciones de autoridades municipales convocadas para el día 26 de julio de 2015 la vigencia del siguiente texto “El Padrón Electoral Municipal contendrá hasta doscientos ochenta (280) electores por cada mesa habilitada para votación.” correspondiente al Artículo 2 de la Ordenanza 1635/11, Código Electoral de la ciudad de Colonia Caroya.
Artículo 2º.- Apruébase el Acta Acuerdo firmada por todas la fuerzas políticas intervinientes en las elecciones próximas del día 26 de julio de 2015, el que se anexa y forma parte integrante de la presente Ordenanza , en el que se acuerda que las mesas estarán conformadas por trescientos cincuenta electores.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese y comuníquese a la Junta Electoral Municipal.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 16 DE JULIO DE 2015.