1896 - Junta electoral municipal mesas 350 electores

ORDENANZA Nº1896/2015

 

VISTO:

 

La  nota de elevación    presentada al Concejo Deliberante  de la ciudad de Colonia Caroya con fecha  15 de julio de 2015 firmada  por el Doctor  Matías Peralta Cruz,  Juez Electoral  de la Junta Electoral  Municipal,   solicitando la posibilidad de integrar mesas de hasta 400  electores para  las próximas elecciones municipales que se llevarán  a cabo el próximo domingo  26  de julio de 2015.

 

El  Acta Acuerdo  firmada por los apoderados  de los partidos políticos  con fecha del 16 de julio,  a los fines de consensuar  la conformación de las mesas para la próximas elecciones generales  a llevarse  a cabo el día 26 de julio de 2015 por el que  se acuerda  que las mesas estarán    formadas por trescientos cincuenta  (350) electores.

 

El artículo  2 de la ordenanza  1635/11  que enuncia  “El Padrón Electoral Municipal contendrá hasta doscientos ochenta (280) electores por cada mesa habilitada para votación.”

 

Las atribuciones  conferidas por el artículo 109 de la Carta Orgánica Municipal al Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya.

 

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que el pedido   es  solicitado por todos los integrantes de la Junta Electoral Municipal como máxima autoridad de los comicios  municipales.

 

Que en las elecciones municipales del año 2011, los apoderados de los partidos políticos  ya  habían consensuado a través de un acta acuerdo  la decisión de  aprobar mesas de hasta 300 electores.

 

Que el Concejo Deliberante aprobó   por unanimidad   de los señores concejales   la Ordenanza N 1663/11  referida a autorizar las mesas   de 300 electores.

 

Que  las elecciones municipales   del año 2011 así como las elecciones PASOS del día 17 de mayo de 2015   demostraron que las elecciones se realizaron en un contexto de   tranquilidad  y transparencia electoral.

 

 Que el acto comicial es un reflejo del compromiso  y la responsabilidad ciudadana de cada vecino  que participa en las elecciones, ya sea como autoridad de mesa o como apoderado o fiscal de los partidos políticos.

 

Su tratamiento y aprobación  en la Sesión Especial del 16 de julio del 2015.

 

 

POR TODO ELLO:

                                  

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo  1º.- Suspéndase  para las elecciones de autoridades municipales   convocadas para el día 26 de  julio de 2015 la vigencia  del siguiente texto “El Padrón Electoral Municipal contendrá hasta doscientos ochenta (280) electores por cada mesa habilitada para votación.” correspondiente  al Artículo 2  de la Ordenanza 1635/11, Código Electoral de la ciudad de Colonia Caroya.

 

Artículo 2º.- Apruébase el Acta Acuerdo  firmada por todas  la fuerzas políticas intervinientes en las elecciones próximas del día 26 de julio de 2015, el que se anexa y forma parte  integrante  de la presente Ordenanza , en el que se acuerda   que las mesas estarán    conformadas por trescientos cincuenta  electores.

 

Artículo 3º.- Elévese  al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese y comuníquese  a la Junta Electoral Municipal.

 

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 16  DE JULIO DE 2015.