2109 - Donación Carlos Ghisiglieri
ORDENANZA 2109/2017
VISTO:
El Expediente Nº 49.988/17 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri, D.N.I. Nº 16.198.582, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 14 de septiembre de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para Banco Municipal de Inmuebles, y previendo a futuro la apertura y continuación de Calle 13, hoy Gorizia (sur); facilitando el desarrollo urbanístico del sector.
Que a los fines de la pertinente Inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 49.988/17, surge y quedó acreditado que el Donante Carlos Alberto Ghisiglieri, es propietario Titular de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 7709, y que dicho Inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que con el Acta de Cesión Gratuita, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 49.988/17, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 34 del día 11 de octubre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 7709, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 14 de septiembre del año 2017, de 905,00 m2 (novecientos cinco metros cuadrados).
Artículo 2º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Artículo 1º, y con destino a Banco Municipal de Inmuebles, y previendo a futuro la apertura y continuación de Calle 13, hoy Gorizia (sur), y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en los Artículos 212 y 214 de la Ordenanza Nº 1788/13, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DE 2017.
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Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
