2109 - Donación Carlos Ghisiglieri
ORDENANZA 2109/2017
VISTO:
El Expediente Nº 49.988/17 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri, D.N.I. Nº 16.198.582, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 14 de septiembre de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para Banco Municipal de Inmuebles, y previendo a futuro la apertura y continuación de Calle 13, hoy Gorizia (sur); facilitando el desarrollo urbanístico del sector.
Que a los fines de la pertinente Inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 49.988/17, surge y quedó acreditado que el Donante Carlos Alberto Ghisiglieri, es propietario Titular de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 7709, y que dicho Inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que con el Acta de Cesión Gratuita, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 49.988/17, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 34 del día 11 de octubre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por el Sr. Carlos Alberto Ghisiglieri, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 7709, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 14 de septiembre del año 2017, de 905,00 m2 (novecientos cinco metros cuadrados).
Artículo 2º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Artículo 1º, y con destino a Banco Municipal de Inmuebles, y previendo a futuro la apertura y continuación de Calle 13, hoy Gorizia (sur), y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en los Artículos 212 y 214 de la Ordenanza Nº 1788/13, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.
Artículo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DE 2017.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |