2102 - Donación Calle Claudia Heredia
ORDENANZA Nº 2102/2017
VISTO:
El Expediente Nº 48843/15 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, D.N.I. Nº 17.822.896, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 3 de agosto de 2017.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para apertura de Calle 95; de Calle 96 y de Calle 97; y ensanche y/o ampliación Calle 14-hoy Raimundo Coseani, y de Calle 13-hoy Gorizia; facilitan el desarrollo urbanístico del sector.
Que a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 48843/15, surge y quedó acreditado que la Donante Claudia Fabiana Heredia, es propietaria Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que con el Acta de Cesión Gratuita, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 48843/15, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 30 del día 13 de septiembre de 2017.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Convenio de Donación de Inmueble, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha Tres de Agosto del año Dos mil Diecisiete, de 6.983,15 m2 (seis mil novecientos ochenta y tres metros con quince centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante, todo según Croquis adjunto y que forma parte de la presente.
Artículo 2º.- Afectar las fracciones de terreno donadas por la Sra. Claudia Fabiana Heredia al Dominio Público Municipal y para la apertura y prolongación de Calle 95; de Calle 96 y de Calle 97; y ensanche y/o ampliación Calle 14-hoy Raimundo Coseani, y de Calle 13-hoy Gorizia, con una superficie 6.983,15 m2 (seis mil novecientos ochenta y tres metros con quince centímetros cuadrados).
Artículo 3º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 3 de agosto del año 2017, de 8.560,83 m2 (ocho mil quinientos sesenta metros cuadrados, con ochenta y tres centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante.
Artículo 4º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Artículo 3º, y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en los Artículos 212 y 214 de la Ordenanza Nº 1788/13, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.
Artículo 5º.- Apruébase el Plano de Mensura, Unión y Subdivisión de la Propiedad de la Sra. Claudia Fabiana Heredia, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula Nº 754.130, propiedad Nº 1302-0963794/5, y en Matrícula Nº 1.432.470, propiedad Nº 1302-2828726/2; y que abarca las manzanas 10-A-13, 10-A-14, 10-A-15, 10-A-16, 10-A-17 y 10-A-18 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.
Artículo 6º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B-1956.
Artículo 7º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.
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Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |
