2102 - Donación Calle Claudia Heredia

ORDENANZA Nº 2102/2017

VISTO:

 

El Expediente Nº   48843/15 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, D.N.I. Nº 17.822.896, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 3 de agosto de 2017.

 

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.

 

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para apertura de Calle 95; de Calle 96 y de Calle 97; y ensanche y/o ampliación Calle 14-hoy Raimundo Coseani, y de Calle 13-hoy Gorizia; facilitan el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación  que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 48843/15, surge y quedó acreditado que la Donante Claudia Fabiana Heredia, es propietaria Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.

 

Que con el Acta de Cesión Gratuita, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº  48843/15, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 30 del  día  13 de septiembre de 2017.

 

 

POR TODO ELLO:

 

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º.-  Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459,  a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Convenio de Donación de Inmueble, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha Tres de Agosto del año Dos mil Diecisiete, de 6.983,15 m2 (seis mil novecientos ochenta y tres metros con quince centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante, todo según Croquis adjunto y que forma parte de la presente.

 

Artículo 2º.- Afectar las fracciones de terreno donadas por la Sra. Claudia Fabiana Heredia al Dominio Público Municipal y para la apertura y prolongación de Calle 95; de Calle 96 y de Calle 97; y ensanche y/o ampliación Calle 14-hoy Raimundo Coseani, y de Calle 13-hoy Gorizia, con una superficie 6.983,15 m2 (seis mil novecientos ochenta y tres metros con quince centímetros cuadrados).

 

Artículo 3º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Claudia Fabiana Heredia, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0677 y Nº 1459,  a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 3 de agosto del año 2017, de 8.560,83 m2  (ocho mil quinientos sesenta metros cuadrados, con ochenta y tres centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante.

 

Artículo 4º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Artículo 3º, y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en los Artículos 212 y 214 de la Ordenanza Nº 1788/13, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.

 

Artículo 5º.- Apruébase el Plano de Mensura, Unión y Subdivisión de la Propiedad de la Sra. Claudia Fabiana Heredia, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula Nº 754.130, propiedad Nº 1302-0963794/5, y en Matrícula Nº 1.432.470, propiedad Nº 1302-2828726/2; y que abarca las manzanas 10-A-13, 10-A-14, 10-A-15, 10-A-16, 10-A-17 y 10-A-18 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.

 

Artículo 6º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B-1956.

 

Artículo 7º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal, para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL  13 DE SEPTIEMBRE DE 2017.

 

 

 

   
   

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante