2030 - Solicitud de Leasing
ORDENANZA Nº 2030/2016
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, mediante el cual se propone una operatoria de leasing con la firma Nación Leasing S.A. (empresa del Banco de la Nación Argentina).
Y CONSIDERANDO:
Que el Municipio se encuentra en la necesidad de adquirir la siguiente maquinaria: rodados, motoniveladora, tractores, planta de hormigón y asfalto (fija y/o móvil), retroexcavadora, niveladora de arrastre, pala cargadora, y/o barredora.
Que dichos bienes son necesarios para el mejoramiento continuo en la prestación de los servicios públicos.
Que el estado de la situación económica-financiera del Municipio, representada por los ingresos previstos en concepto de recursos propios u ordinarios y la deuda consolidada, permite realizar una proyección que posibilita el endeudamiento municipal y consecuentemente, la solicitud de una operación de Leasing para adquirir la unidad mencionada.
Que resulta conveniente a los intereses municipales la toma del crédito mediante la modalidad de leasing con Nación Argentina Leasing S. A. (empresa del Bando de la Nación Argentina).
Que dentro de los requisitos a los fines del otorgamiento de la financiación pertinente, se requiere copia certificada y legalizada de la Ordenanza aprobada por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de Colonia Caroya, por la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a contraer el mismo y a la constitución de las garantías pertinentes y su correspondiente promulgación por Decreto.
Su tratamiento y aprobación en Sesión Ordinaria Nº 42 del día 07 de diciembre de 2016.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Autorízase al Sr. Intendente Municipal, Sr. Gustavo Horacio Brandán, DNI Nº 26.482.900 y al Secretario de Administración y Finanzas, Sr. Miguel Ángel Pérez, DNI Nº 23.301.204, a tramitar ante Nación Leasing S.A., una o más operaciones de leasing para el arrendamiento con opción a compra de: rodados, Motoniveladora, tractores, planta de hormigón y asfalto (fija y/o móvil), retroexcavadora, niveladora de arrastre, pala cargadora, y/o barredora; por hasta la suma máxima de pesos ocho millones ($8.000.000), sin incluir IVA, cediendo en garantía y como medio alternativo de pago los saldos de acreedores futuros y eventuales de la Cuenta Corriente Nº 40540029401, CBU 020040551000040029415, que se encuentra abierta en el Banco de la Provincia de Córdoba, Sucursal Colonia Caroya (405), de la ciudad de Colonia Caroya, Departamento Colón, Provincia de Córdoba.
Artículo 2º.- Autorízase a concretar la operación consignada en el Artículo 1º en base a las condiciones que establezca Nación Leasing S. A., en cuanto a la moneda de la operación, plazo, amortización e intereses, tasa de interés, garantías, comisiones y gastos administrativos de la operación.
Artículo 3º.- Facúltese al Sr. Intendente Municipal a afectar y/o ceder los fondos consignados en el Artículo 1º, para garantizar el cumplimiento de la operación de leasing, durante el plazo de vigencia del contrato objeto de la presente mas seguros y aforo si fuera el caso.
Artículo 4º.- Facúltese al Sr. Intendente Municipal y al Sr. Secretario de Administración y Finanzas para la firma del contrato de leasing y demás documentos relacionados con la operatoria.
Artículo 5º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 07 DE DICIEMBRE DE 2016.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
María Cecilia Migotti VicePresidente Primera Concejo Deliberante |