1936 - Convenio Bochas Sport Club
ORDENANZA 1936/2015
VISTO:
El Convenio de Condonación de Deuda entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Bochas Sport Club.
Y CONSIDERANDO:
Que los clubes son espacios de inclusión e integración, en donde los niños, adolescentes y jóvenes junto a sus familias apuestan a la convivencia y a la participación.
Que la incansable labor de los dirigentes de clubes es un claro ejemplo de compromiso con sus vecinos, personas que dedican su tiempo y trabajo para llevar adelante la administración y funcionamiento de estos espacios donde la recreación y el diálogo son factores fundamentales para construir una sociedad mejor.
El artículo 145, inciso 8, de la Carta Orgánica Municipal en donde es atribución del Intendente celebrar Convenios sujetos a aprobación del Concejo Deliberante.
Las atribuciones conferidas al Concejo Deliberante en el artículo 109, inciso 28, de la Carta Orgánica Municipal.
El artículo 124 de la Carta Orgánica Municipal en donde el Concejo Deliberante tiene prohibido sancionar Ordenanzas que impliquen directa o indirectamente el establecimiento de privilegios y excepciones individuales, salvo en materia impositiva.
Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 8 del 25 de noviembre de 2015.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Condonación de Deuda entre la Municipalidad de Colonia Caroya y el Bochas Sport Club, el cual se adjunta a la presente como Anexo I.
Artículo 2º.- Elévese copia al Departamento Ejecutivo Municipal, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 25 DE NOVIEMBRE DE 2015.
Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante |
Alejandro Ghisiglieri Presidente Concejo Deliberante |