2757 - Donación de Calle - Parma
ORDENANZA Nº 2757/2026
VISTO:
El Expediente Nº 620250284/2025 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por las Señoras Estela Mary Parma D.N.I. N.º 20.846.965, Edith Marina Parma D.N.I. N.º 22.764.150, Arminda Rosa Almada D.N.I. N.º 3.779.362 y Rossana María Villafañe D.N.I. N.º 16.738.843, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 02 de Marzo de 2026.
Y CONSIDERANDO:
Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.
Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.
Que las parcelas de terreno que se donan al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para apertura de Calle 49- Friuli sur, facilita el desarrollo urbanístico del sector.
Que, a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.
Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620250284/2025, surge y quedó acreditado que las Donantes Estela Mary Parma, Edith Marina Parma, Arminda Rosa Almada y Rossana María Villafañe, son propietarias Titulares en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal N.º 642, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.
Que, con el Acta de Donación del Inmueble, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 620250284/2025, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por las señoras Estela Mary Parma, Edith Marina Parma, Arminda Rosa Almada y Rossana María Villafañe, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.
Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 09 del día 15 de abril de 2026.
POR TODO ELLO:
EL CONCEJO DELIBERANTE
DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por las señoras Estela Mary Parma, Edith Marina Parma, Arminda Rosa Almada y Rossana María Villafañe, titulares de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 642, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 02 de Marzo de 2026, de 1.180,80 m2 (un mil ciento ochenta con ochenta metros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante, todo según Plano adjunto y que forma parte de la presente.
Artículo 2º.- Afectar la fracción de terreno donada por las señoras Estela Mary Parma, Edith Marina Parma, Arminda Rosa Almada y Rossana María Villafañe al Dominio Público Municipal de una fracción de terreno de 1.180,80 m2 (un mil ciento ochenta con ochenta metros cuadrados) y que afecta la apertura de la calle 49- Friuli sur. Identificada como Lote 001 de la manzana 053, que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante, y que consta inscripta bajo Matrícula N° 1.934.129.
Artículo 3º.- Apruébese el Plano de Mensura y Subdivisión de la propiedad de las señoras Estela Mary Parma, Edith Marina Parma, Arminda Rosa Almada y Rossana María Villafañe, el cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula N° 1.934.129, propiedad N° 13-02-0057709-5, y que abarca las manzanas 15-C-07/08 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.
Artículo 4º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada en la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba, según Ley de Catastro Provincial Nº 5.507 y modificatorias.
Artículo 5º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.
DADA EN SALA DR. RAÚL RICARDO ALFONSÍN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 15 DE ABRIL DE 2026.
Andrés Vidal Villalba Eliana De Buck
Secretario Legislativo Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante
ANEXO I
Andrés Vidal Villalba Eliana De Buck
Secretario Legislativo Presidente
Concejo Deliberante Concejo Deliberante
