Colonia Caroya prohibió el uso de trampas para caza de animales
El Concejo Deliberante de Colonia Caroya, decidió prohibir en el ejido de la ciudad, el uso de dispositivos de caza de fauna silvestre como resortera, honda, hondera, gomera y otros elementos que lancen proyectiles impulsados por aire comprimido; como así también el uso de tramperos para el cautiverio de aves.
El Concejo Deliberante de Colonia Caroya, este miércoles, en Sesión Ordinaria Nº 39, aprobó por unanimidad la prohibición del uso de uso de dispositivos de caza de fauna silvestre como resortera, honda, hondera, gomera y otros elementos que lancen proyectiles impulsados por aire comprimido; como así también el uso de tramperos para el cautiverio de aves.
La Autoridad de Aplicación será la Secretaria de Control y Fiscalización, la cual será la encargada de “articular, reforzar y coordinar el trabajo mancomunado junto a personal de la Policía de la provincia de Córdoba, a fin de realizar periódicamente controles que tengan como objetivo primordial detectar toda actividad relacionada a la caza, hostigamiento, captura, tenencia, posesión, tránsito, aprovechamiento y/o comercio de aves silvestres/autoctonas o destrucción de sus nidos, guaridas, huevos y crías”, según reza el proyecto.
Educar por la preservación de la fauna
El espíritu de la ordenanza busca generar conciencia y prevención en la ciudad, razón por la cual, también se realizarán charlas sobre aves, con profesionales competentes en la materia, de las cuales serán invitadas escuelas de Nivel Inicial, Primario, Secundario y las modalidades Especial y Adultos y Adolescentes.
Complementariamente, se realizarán exposiciones de concientización en espacios públicos y privados, como así también se deberá colocar cartelería indicativa, acerca de la necesidad de proteger nuestra biodiversidad.
Sanciones
Ante el incumplimiento de la ordenanza, se podrá proceder al decomiso del dispositivo de caza o cautiverio, se aplicará una multa equivalente al valor de entre cincuenta y cien litros de nafta (95 octanos RON), más el decomiso del dispositivo.
En tanto, la reincidencia será multada con el valor de cien a doscientos litros de nafta (95 octanos RON), más el decomiso de los productos.