2646 - Donación de calles Cucut y otros

   ORDENANZA 2646/2024              

 

VISTO:

 

El Expediente Nº   620221149/2022 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por los Sres. NELIDA ESTER PELIS, D.N.I. Nº: 3.546.055, MARISA DEL CARMEN CUCUT, D.N.I. N°: 14.624.160, CARLOS ENRIQUE CUCUT, D.N.I. N°: 20.817.655, MARIA JOSE BERGAGNA, D.N.I. N°: 26.330.063, JUAN OMAR CUCUT D.N.I. N°: 16.992.912, SERGIO EDUARDO CUCUT,  D.N.I. N°: 21.859.840 y MARIANA BERGAGNA D.N.I 30.847.208, en representación de CUCUT DE CARGNELUTTI LOLA MARIA a los herederos de sus hermanos, JUAN CUCUT y  ESTHER ANTONIA CUCUT DE BERGAGNA, que ya forman parte del presente convenio, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 04 de Marzo de 2024.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.

 

Que las parcelas de terreno que se donan al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal, para apertura de Calle 35- 10 de Julio y 36- Presbítero J. Bonoris, facilitan el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que, a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620221149/2022, surge y quedó acreditado que los Donantes Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut y Mariana Bergagna, son propietarios Titulares en mayor superficie de la fracción o parcela que donan a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 00220, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.

 

Que, con el Convenio de Donación de Inmueble, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº 620221149/2022, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por los Sres. Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut y Mariana Bergagna a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación, por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 08 del 10 de abril de 2024.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por los Sres. Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut  y Mariana Bergagna, titulares de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 00220, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 04 de Marzo de 2024, de Seis mil cuarenta y ocho metros cuadrados de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de los Donantes, todo según Plano adjunto y que forma parte de la presente.

 

Artículo 2º.- Afectar la fracción de terreno donada por los Sres. Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut y Mariana Bergagna al Dominio Público Municipal de una fracción de terreno de 3.024.00 m2 (tres mil veinticuatro metros cuadrados) y que afecta la apertura de la calle 35- 10 de Julio; una fracción de terreno de 3.024.00 m2 (tres mil veinticuatro metros cuadrados)  que afecta la apertura de la calle 36- Presbítero José Bonoris; haciendo una superficie total de 6.048.00 m2 (seis mil cuarenta y ocho metros cuadrados).

 

Artículo 3º.- Aceptar la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por los Sres. Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut y Mariana Bergagna, titulares de la parcela registrada bajo Catastro Municipal N° 00220, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta de Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 04 de Marzo de 2024, de una fracción de terreno ubicada en la esquina de las calles 96 y 36, y que mide 41.00 metros de frente, 131.54 metros de fondo, fracción que suma una  superficie de 5.393.14 m2 (cinco mil trecientos noventa y tres con catorce metros cuadrados), identificada como Lote 102 de la manzana 051, que es parte de mayor superficie propiedad de la Donante, y que consta inscripta bajo Matrícula N° 357726.

 

Artículo 4º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Art. 3°), y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en el Artículo 17 de la Ordenanza 2361/2020, siendo el destino para Banco Municipal de Inmuebles.

 

Artículo 5º.- Apruébase el Plano de Mensura y Subdivisión de la propiedad de los Sres. Nélida Esther Pelis, Marisa del Carmen Cucut, Carlos Enrique Cucut, María José Bergagna, Juan Omar Cucut, Sergio Eduardo Cucut y Mariana Bergagna, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula N° 357726, propiedad N° 13-02-1515677/3, y que abarca la manzana 07 D 051 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.

 

Artículo 6º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba, según Ley de Catastro Provincial Nº 5.507 y modificatorias.

 

Artículo 7°.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL DIA 10 DE ABRIL DE 2024.

 

Andrés Vidal Villalba

Secretario Legislativo

Concejo Deliberante

 

Eliana De Buck

Presidente

Concejo Deliberante

 

 

 


Anexo I

 

 

 

 

 

 

 

 

Andrés Vidal Villalba

Secretario Legislativo

Concejo Deliberante

 

Eliana De Buck

Presidente

Concejo Deliberante