2444 - Donación de Calle - Rizzi

ORDENANZA Nº 2444/2021

 

 

VISTO:

 

El Expediente Nº   620200520/20 del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la Sra. Gladys Myriam Rizzi, D.N.I. Nº 14.624.067, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 10 de mayo de 2021.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza.

 

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al dominio público Municipal, para apertura de Calle 54, hoy Génova; y de Calle 47, hoy Carlos Griguol, facilitan el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación  que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620200520/20, surge y quedó acreditado que la Donante Gladys Myriam Rizzi, es propietaria Titular en mayor superficie, de la fracción o parcela que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 1438, y que dicho Inmueble se encuentra libre de todo gravamen.

 

Que con el Convenio de Donación de Inmueble, de carácter irrevocable, obrante en el Expediente Nº  620200520/20, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por la Sra. Gladys Myriam Rizzi a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria N° 31 del día 22 de septiembre de 2021.

 

POR TODO ELLO:

 

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

 

Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Gladys Myriam Rizzi, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 1438, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 10 de mayo de 2021, de 2.773,48 m2 (dos mil setecientos setenta y tres metros cuadrados, con cuarenta y nueve centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante, todo según croquis adjunto y que forma parte de la presente.

 

Artículo 2º.- Afectar la fracción de terreno donada por la Sra. Gladys Myriam Rizzi al Dominio Público Municipal y para apertura de Calle 54, hoy Génova, entre calles 46-Olga Prosdócimo y 47-Carlos Griguol, con una superficie de 867,35 m2 (ochocientos sesenta y siete metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados) para apertura de calle 47, hoy Carlos Griguol, entre Calles 53-Milan y 54-Génova, con una superficie de 1.141,48 m2 (un mil ciento cuarenta y un metros cuadrados con dieciocho centímetros cuadrados); y de Calle 54-hoy Génova, entre Calles 47-Carlos Griguol y 48-Luis DÓlivo, con una superficie de 764,66 m2  (setecientos sesenta y cuatro metros cuadrados con sesenta y seis centímetros cuadrados); haciendo una superficie total de 2.773,49  m2 (dos mil setecientos setenta y tres metros con cuarenta y nueve centímetros cuadrados).

 

Artículo 3º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Gladys Myriam Rizzi, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal N° 01438, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta de Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 10 de mayo de 2021, de una fracción de terreno ubicada entre calles 47 y 54, y que mide 33,43 metros de frente y 63,24 metros de fondo, haciendo una superficie de 2.097,71  m2 (dos mil noventa y siete metros con setenta y un centímetros cuadrados) de terreno, identificada en plano de Mensura y Subdivisión como Lote 107, que es parte de mayor superficie propiedad de la Donante, y que consta inscripta bajo Matrícula Nº 424.232.

 

Artículo 4º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Artículo 3°, y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en el Artículo 17 de la Ordenanza 2361/2020, siendo el destino para Espacio Verde.

 

Artículo 5º.- Apruébase el Plano de Mensura y Subdivisión de la propiedad de la Sra Gladys Miriam Rizzi, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula N° 424.232, propiedad N° 1302-0602756-9, y que abarca las manzanas 41-D-05 y 41-D-06 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.

 

Artículo 6º.- Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se formalice la inscripción de la parcela donada, en la Dirección de Catastro de la Provincia de Córdoba, según Ley de Catastro Provincial Nº 5.507 y modificatorias.

 

Artículo 7º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA, DR. RAUL RICARDO ALFONSIN, DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 22 DE SEPTIEMBRE DE 2021.

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

 

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante

 

 


Anexo I

 

 

 

 

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

 

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante