2296 - Donación Calle - Campana

ORDENANZA 2296/2019

 

VISTO:

 

El Expediente Nº 620190425/19, del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la Sra. Rosa del Rosario Campana, D.N.I. Nº 13.408.890, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha 22 de agosto de 2019.

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que es atribución de este Concejo Deliberante aceptar las donaciones de inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad.

 

Que corresponde al Concejo Deliberante dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico­ rural que la caracteriza.

 

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al Dominio Público Municipal para la apertura de la Calle 46 bis, facilitando el desarrollo urbanístico del sector.

 

Que a los fines de la pertinente inscripción registral de las parcelas donadas a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor.

 

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 620190425/19, surge y quedó acreditado que el Donante Rosa del Rosario Campana, es propietaria Titular en mayor superficie, de las fracción o parcela que donan a favor de la Municipalidad, registradas bajo Catastros Municipal Nº 3787, y que dicho inmueble se encuentra libre de todo gravamen.

 

Que con el Acta de Donación y Cesión Gratuita e Irrevocable, obrante en el Expediente Nº 620190425/19, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por Sra. Rosa del Rosario Campana, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 29 del 04 de septiembre de 2019.

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

 

Artículo 1º.­ Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la Sra. Rosa del Rosario Campana, titulares de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 3787,  a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta de Donación y Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha 22 de agosto del año 2019, de 1.655,33 m2 (mil seiscientos cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta y tres centímetros cuadrados) de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante.

 

Artículo 2º.­ Afectar la fracción de terreno donada por la Sra. Rosa del Rosario Campana al Dominio Público Municipal, para la apertura y prolongación de Calle 46 bis, con una superficie de 1.655,33 m2 (mil seiscientos cincuenta y cinco metros cuadrados con treinta y tres centímetros cuadrados).

 

Artículo 3º.­ Apruébase el Plano de Mensura y Loteo de la Propiedad de la Sra. Rosa del Rosario Campana, la cual según título se encuentra inscripta bajo la Matrícula Nº1.410.543, propiedad Nº 1302­4130803­1, y que abarca la manzana 14­D­10 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.

 

Artículo 4º.­ Ordenar que, previo la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, se  formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B­1956.

 

Artículo 5º.­ Elevar la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, dése al registro del Concejo Deliberante, publíquese y archívese.

 

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 04 DE SEPTIEMBRE DE 2019.

 

 

 

Eliana De Buck Secretaria Legislativa Concejo Deliberante

 

 

Alejandro Ghisiglieri, Presidente Concejo Deliberante