1903 - Loteo y subdivición Nores Marino Exp.48453

ORDENANZA Nº 1903/2015

VISTO:

El Expediente Nº 48453/14, del cual surge la Donación Gratuita e Irrevocable realizada por la firma AIRES DE CAROYA S.A a través de su Apoderado, Sr Fernando Pablo Nores, D.N.I. Nº 10.172.294, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme Acta de Cesión Gratuita de fecha Veintiuno de Mayo de 2015.-

Y CONSIDERANDO:

Que es atribución de este Concejo Deliberante, aceptar las donaciones de Inmuebles que se efectúen a favor de la Municipalidad;

Que corresponde al Concejo Deliberante, dictar las normas necesarias que faciliten el desarrollo integral de la ciudad de Colonia Caroya, sin afectar el perfil urbanístico-rural que la caracteriza;

Que la parcela de terreno que se dona al Municipio y que se afectará al dominio público Municipal, para apertura de calle 14, hoy “Raimundo Coseani”; calle 15, hoy “Santos Zaya”; calle 16, hoy “Veteranos de Malvinas”; calle 17, hoy “Luis Alara”; calle 18, hoy “Leonardo Canciani”, calle 94; calle 95 y calle 96, facilitando el desarrollo urbanístico del sector;

Que a los fines de la pertinente inscripción Registral de la parcela donada a favor de la Municipalidad, se requiere disponer del instrumento legal que acredite que el Municipio donatario aceptó la donación que se efectuó a su favor;

Que de las constancias obrantes en el Expediente Nº 48453/14, surge y quedó acreditado que la Donante AIRES DE CAROYA S.A, a través de su Apoderado Sr. Fernando Pablo Nores, es propietaria Titular en mayor superficie, de la fracción o parcelas que dona a favor de la Municipalidad, registrada bajo Catastro Municipal Nº 0872, 0957 y 0958, y que dichos Inmuebles se encuentran libres de todo gravamen.

Que con el Acta de Donación y Cesión Gratuita e irrevocable, obrante en el Expediente Nº 48453/14, se acreditó la donación de la parcela relacionada precedente, efectuada por Donante AIRES DE CAROYA S.A , a través de su Apoderado Sr. Fernando Pablo Nores, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya.

Su tratamiento y aprobación en Sesión Ordinaria Nº 28 del 09 de septiembre de 2015.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

Artículo 1º.- Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la firma AIRES DE CAROYA S.A a través de su Apoderado, Sr. Fernando Pablo Nores, titular de la parcela registrada bajo Catastro Municipal Nº 0872, 0957, 0958, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta de Donación y Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha veintiuno de mayo del año dos mil quince, de 36.775,06 m2 de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante.-

Artículo 2º.- Afectar las fracciones de terreno donadas por la firma AIRES DE CAROYA S.A a través de su Apoderado, Sr. Fernando Pablo Nores, al Dominio Público Municipal y para la apertura y prolongación de 14, hoy “Raimundo Coseani”; calle 15, hoy “Santos Zaya”; calle 16, hoy “Veteranos de Malvinas”; calle 17, hoy “Luis Alara”; calle 18, hoy “Leonardo Canciani”, calle 94; calle 95 y calle 96, haciendo una superficie total de 36.775,06 m2 (treinta y seis mil setecientos setenta y cinco metros, con seis centímetros cuadrados).

Artículo 3º.-. Aceptar la donación gratuita e irrevocable realizada por la firma AIRES DE CAROYA S.A a través de su Apoderado, Sr. Fernando Pablo Nores, titular de la parcela registrada bajo

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Catastro Municipal Nº 0872, 0957, 0958, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, conforme al Acta Cesión Gratuita e Irrevocable de fecha veintiuno de mayo del año dos mil quince, de 20.527,40 m2 de terreno que son parte de mayor superficie propiedad de la Donante.

Artículo 4º.- Afectar la cesión de la parcela que se cede por el presente, conforme se describe en el Articulo 3º y que se formaliza a los efectos del cumplimiento de lo previsto en los Artículos 212 y 214 de la Ordenanza Nº 1788/13, pudiendo el municipio variar el destino o afectación de dicha parcela si lo estimare necesario y conveniente.

Artículo 5º.- Apruébase el Plano de Mensura y Subdivisión de la Propiedad de la firma AIRES DE CAROYA S.A a través de su Apoderado, Sr. Fernando Pablo Nores, la cual según título se encuentra inscripta en la Matrícula Nº 348.741, propiedad Nº 1302-021772755-4, Matrícula Nº 348.742, propiedad Nº 1302-020056583-6 y Matrícula Nº 348.743, propiedad Nº 1302-020912362-3; y que abarca las manzanas 10-C-03, 10-C-04, 10-C-06, 10-C-07, 10-C-08, 10-C-10, 10-C-11, 10-C-12, 10-C-14, 10-C-15 y 10-C-16 de este Municipio, según plano de la zona urbanizada de Colonia Caroya.-

Artículo 6º.-. Ordenar la confección, aprobación por los Organismos competentes y pertinente inscripción del plano de Mensura y Subdivisión, y que se formalice la inscripción de la parcela donada, en el Registro General de la Provincia de Córdoba, todo de conformidad a lo establecido en el Decreto Ley Nº 1112–B-1956.

Articulo 7º.- Elevar la presente Ordenanza, al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, Dése al Registro del Concejo Deliberante Publíquese y Archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DÍA 09 DE SEPTIEMBRE DE 2015.