1880 - Donación Pbro. Julio C. Aguirre

ORDENANZA Nº 1880/2015

VISTO:

La nota de elevación presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal, por el cual solicita que se preste acuerdo para aceptar la donación propuesta por el Señor Cura Párroco de la ciudad de Jesús María, Pbro. Julio César Aguirre, de una parcela de terreno, ubicada en el Barrio Malabrigo de la ciudad de Colonia Caroya.

Y CONSIDERANDO:

Que el Pbro. Julio César Aguirre, Cura Párroco de la Parroquia "Jesús y María " ,de la ciudad de Jesús María, dispuso donar al Municipio una parcela de terreno, identificada como Lote N° 2, de la Manzana Veinticinco, del Barrio San Juan Pablo II, de la ciudad de Colonia Caroya.

Que el Donante Pbro. Julio César Aguirre, acredita ser propietario titular de dicha parcela de terreno, conforme surge de la Escritura Pública N° 76 "A", de fecha uno de Abril del año dos mil once, otorgada por ante el Escribano Público Nacional Irma Ana Elizabeth Marino de Belmaña, Adscripta al Registro Notarial N° 512, de la ciudad de Jesús María.

Que la parcela de terreno que dona el Pbro. Julio César Aguirre, se encuentra inscripta en el Registro General de la Provincia de Córdoba, en Matrícula N° 1367944, de fecha seis de Junio del año dos mil doce, a nombre del Donante.

Que en el lote de terreno que es objeto de la presente donación, se encuentra habilitada la plaza o espacio público, del Barrio San Juan Pablo II, de la ciudad de Colonia Caroya.

Que es público y notorio, que dicha parcela está afectada como predio de uso público, es decir como bien de dominio público, aún cuando no existiese instrumento público que acredite tal estado.

Que en consecuencia resulta procedente, aceptar la donación ofrecida por el Pbro. Julio César Aguirre, con lo cual se viabilizara la incorporación de dicha parcela al patrimonio municipal, mediante el instrumento o escritura pública correspondiente.

Que conforme lo previsto en el art. 109, Inc. 15 de la Carta Orgánica Municipal, es atribución del Concejo Deliberante, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que acepte la donación ofrecida por el Señor. Cura Párroco de la ciudad de Jesús María, Pbro. Julio César Aguirre, de la parcela identificada como lote, de la manzana veinticinco, del Barrio San Juan Pablo II, de la ciudad de Colonia Caroya.

Su tratamiento y aprobación en Sesión Ordinaria del día 29 de Abril de 2015.

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

Artículo 1º.- Autorizar, al Departamento Ejecutivo Municipal, para que acepte la donación realizada por el Señor Cura Párroco de la ciudad de Jesús María, Pbro. Julio César Aguirre, D.N.I. N° 10.378.680, a favor de la Municipalidad de Colonia Caroya, de una parcela de terreno designada según plano de Loteo N° 148.085, (Expte. Dir. Gral. Catastro Prov. N° 0035 — 094831/2004 — Visado: 20/10/2005) confeccionado por el Ing. Civil Sr. Oscar Eduardo Cragnolini, como Lote 2, de la Manzana 25, del Barrio San Juan Pablo II, de esta ciudad de Colonia Caroya, que mide : Trece con cuarenta y siete metros (13.47 mts.), en su costado Nor- Este; Doce con noventa metros ( 12.90 mts.), en su costado Sur — Este; Dieciocho con veinte metros (18.20 mts.),

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en su costado Sur — Oeste y doce metros ( 12 mts.), en su costado Nor — Oeste, y linda: Al Nor — Este, con espacio verde; Al Sur — Este, con calle Pública; Al Sur —Oeste , con Lote 3 y al Nor - Oeste, con calle Pública, integrando una superficie total de ciento noventa con cero dos metros ( 190.02 mts. cuadrados).

Artículo 2º.- Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal para que suscriba la correspondiente escritura pública de aceptación de la donación relacionada en el artículo anterior y para que el Municipio tome a su cargo el pago de los honorarios y gastos que demande el trámite de escrituración correspondiente.

Artículo 3º.- Elevar la presente Ordenanza al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de su promulgación, dése copia, para su conocimiento a todas las Áreas y/o Sectores involucrados en la misma, dése al registro del Concejo Deliberante, publíquese y archívese.

DADA EN SALA DR. RAUL RICARDO ALFONSIN DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 29 DE ABRIL DE 2015.