2135 - Nombramiento Parque Urbano norte

lo conforman fueran adquiridos mediante Ordenanza Nº 1049/2000, de fecha 01/08/2000.

 

Que a través de esta denominación, se persigue rendir un homenaje al Padre Bernardo Hughes, de destacada trayectoria a nivel local y nacional.

 

Bernardo Hughes, nació en San Miguel del Monte, Provincia de Buenos Aires, el 3 de diciembre de 1933, y se ordenó como sacerdote el 16 de junio de 1962.

 

Trabajó en la congregación de los Padres Pasionistas, con la misión firme de denunciar, atender, y tratar de reparar situaciones de marginalidad y dolor. 

 

En la década del 70, en la Iglesia de la Santa Cruz (Buenos Aires), bajo el lema “Nosotros los pasionistas solidarios con los crucificados de hoy”, armó un refugio para quienes huían del terrorismo de estado, y para denunciar los secuestros y desapariciones de personas; dando origen a organizaciones como la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos y el Movimiento Ecuménico de Derechos Humanos, entre otras.

 

Luego con el retorno de la democracia en 1983, fue una voz reconocida en los pedidos de memoria, verdad y justicia, por los hechos acontecidos en la última dictadura cívico-militar.

 

En el período de los años 1980-1989, Bernardo Hughes se desempeñó como Párroco de la Ciudad de Colonia Caroya, dejando también su huella imborrable en esta comunidad.

 

En el año 2007, la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), lo declaró “Maestro de Vida”.  

 

En sus últimos años de vida, trabajó junto a comunidades de pueblos originarios en la Provincia de Formosa, llevando su misión pastoral a los lugares más alejados de la Argentina.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad en Sesión Extraordinaria Nº 1 del  día 11 de enero de 2018.

 

 

POR TODO ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA

SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

 

Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 2º de la Ordenanza Nº 1049/2000, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

 

“ART. 2º): Los terrenos que se adquieran serán destinados a la construcción del Vivero Municipal y de un Parque Recreativo”. 

 

Artículo 2º.-  Denomínese con el nombre de “Parque Padre Bernardo Hughes”, al sector del espacio verde que fuera adquirido mediante Ordenanza Nº 1049/2000; y que se afecta a través de la presente Ordenanza  para ser destinado a Parque Recreativo.

 

Articulo 3º.- Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA  DR. RAUL RICARDO ALFONSIN  DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN EXTRAORDINARIA DEL DÍA 11 DE  ENERO DE 2018.

   
   
   
   
   

Eliana De Buck

Secretaria Legislativa

Concejo Deliberante

Alejandro Ghisiglieri

Presidente

Concejo Deliberante