1867 - Pauta salarial

ORDENANZA N° 1867/2015

 

 

VISTO:

 

La solicitud de incremento salarial elevada por el Departamento Ejecutivo Municipal a este cuerpo y fundada en la necesidad de reconocer, de acuerdo a las posibilidades ciertas del Estado Municipal, el deterioro sustancial que el ingreso de los trabajadores municipales sufren como consecuencia del alza generalizada de los precios de la canasta familiar.

 

 

Y CONSIDERANDO:

 

Que la solicitud referenciada en los vistos tiene por objeto impulsar un incremento salarial para el año 2015, para todo el personal dependiente de esta Municipalidad, y para las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, quedando comprendidos los agentes de planta permanente y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo.

 

Que con fecha 13 de marzo de 2015 el Departamento Ejecutivo Municipal acordó, con el Sindicato de Trabajadores Municipales de Colonia Caroya, la pauta salarial 2015 para todo el personal dependiente de esta Municipalidad.

 

Que el dictado de la presente se efectúa en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 109 y concordantes de la Carta Orgánica Municipal, y a solicitud del Departamento Ejecutivo quien interpreta las necesidades del personal a su cargo, y acuerda las pautas generales con el gremio.

 

Que el Concejo Deliberante, en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 106 de la Carta Orgánica Municipal, considera necesario adecuar las dietas de sus miembros y de los del Tribunal de Cuentas, modificando el proyecto elevado desde el Departamento Ejecutivo.

 

Su tratamiento y aprobación por unanimidad, en la Sesión Ordinaria del 18 de Marzo de 2015.

 

POR TODO ELLO

 


EL CONCEJO DELIBERANTE

DE LA CIUDAD DE COLONIA CAROYA
SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Otórguese una suma fija no remunerativa por única vez a todo el personal dependiente de esta Municipalidad, quedando comprendidos los agentes de planta permanente y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo, equivalentes a la suma de pesos un mil cuatrocientos ( $ 1.400,- ) a abonarse en el mes de marzo de 2015.

 

ARTÍCULO 2º.- Otórguese un incremento salarial sobre los montos básicos vigentes al 28 de febrero de 2015 para cada categoría, de todo el personal dependiente de esta Municipalidad, y para las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas, quedando comprendidos los agentes de planta permanente, y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo, equivalente al catorce por ciento ( 14 % ) retroactivo al primero de marzo de 2015, quedando conformada la escala salarial del personal de la siguiente manera, a saber :

 

Categoría

Montos Básicos a partir del 01/03/15

 

 

1

5.737,89

2

5.834,29

3

5.882,49

4

5.930,68

5

6.027,08

6

6.171,10

7

6.363,89

8

6.556,69

9

6.748,91

10

6.893,50

11

7.190,15

12

7.334,17

13

7.478,77

14

7.623,36

15

7.767,96

16

7.911,98

17

8.056,57

18

8.249,37

19

8.910,37

20

9.343,58

21

10.210,58

22

10.499,77

23

11.414,39

24

12.910,25

Intendente Municipal

27.180,74

Secretarios

17.667,47

Subsecretarios

14.133,98

Juez de Falta

13.250,56

Asesor Letrado

16.139,89

Directores

10.763,60

Subdirectores

10.147,41

Contador General

14.133,97

Concejales y Tribunos

10.763,60

224

7.746,16

301

5.737,89

302

5.834,29

303

5.882,49

304

5.930,68

305

6.027,08

306

6.171,10

307

6.363,89

308

6.556,69

309

6.748,91

310

6.893,50

311

7.190,15

312

7.334,17

313

7.478,77

314

7.623,36

315

7.767,96

316

7.911,98

317

8.056,57

318

8.249,37

319

8.910,37

320

9.343,58

321

10.210,58

322

10.499,77

323

11.414,39

324

12.910,25

 

 

ARTÍCULO 3º.- Otórguese un incremento salarial sobre los montos básicos vigentes al 28 de febrero de 2015 para cada categoría, de todo el personal dependiente de esta Municipalidad, y para las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas, quedando comprendidos los agentes de planta permanente, y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo, equivalente al diez por ciento ( 10 % ) a partir del primero de julio de 2015, quedando conformada la escala salarial del personal de la siguiente manera, a saber :

 

Categoría

Montos Básicos a partir del 01/07/15

 

 

1

6.241,21

2

6.346,06

3

6.398,49

4

6.450,92

5

6.555,77

6

6.712,42

7

6.922,13

8

7.131,83

9

7.340,91

10

7.498,19

11

7.820,86

12

7.977,52

13

8.134,79

14

8.292,07

15

8.449,35

16

8.606,01

17

8.763,28

18

8.972,99

19

9.691,98

20

10.163,19

21

11.106,23

22

11.420,79

23

12.415,64

24

14.042,72

Intendente Municipal

29.565,02

Secretarios

19.217,25

Subsecretarios

15.373,80

Juez de Falta

14.412,89

Asesor Letrado

17.555,67

Directores

11.707,78

Subdirectores

11.037,53

Contador General

15.373,79

Concejales y Tribunos

11.707,78

224

8.425,65

301

6.241,21

302

6.346,06

303

6.398,49

304

6.450,92

305

6.555,77

306

6.712,42

307

6.922,13

308

7.131,83

309

7.340,91

310

7.498,19

311

7.820,86

312

7.977,52

313

8.134,79

314

8.292,07

315

8.449,35

316

8.606,01

317

8.763,28

318

8.972,99

319

9.691,98

320

10.163,19

321

11.106,23

322

11.420,79

323

12.415,64

324

14.042,72

 

 

ARTÍCULO 4º .- Otórguese un incremento salarial sobre los montos básicos vigentes al 28 de febrero de 2015 para cada categoría, de todo el personal dependiente de esta Municipalidad, y para las autoridades superiores del Departamento Ejecutivo Municipal, del Concejo Deliberante y del Tribunal de Cuentas, quedando comprendidos los agentes de planta permanente, y el personal vinculado por contrato administrativo de trabajo a plazo fijo, del orden del diez y medio por ciento ( 10,50 % ) a partir del primero de septiembre de 2015, quedando conformada la escala salarial del personal de la siguiente manera, a saber :

 

                                

Categoría

Montos Básicos a partir del 01/09/15

 

 

1

6.769,70

2

6.883,43

3

6.940,30

4

6.997,16

5

7.110,89

6

7.280,81

7

7.508,28

8

7.735,74

9

7.962,52

10

8.133,12

11

8.483,11

12

8.653,03

13

8.823,63

14

8.994,22

15

9.164,82

16

9.334,74

17

9.505,34

18

9.732,80

19

10.512,67

20

11.023,78

21

12.046,68

22

12.387,88

23

13.466,97

24

15.231,83

Intendente Municipal

32.068,51

Secretarios

20.844,52

Subsecretarios

16.675,61

Juez de Falta

15.633,34

Asesor Letrado

19.042,24

Directores

12.699,16

Subdirectores

11.972,16

Contador General

16.675,60

Concejales y Tribunos

12.699,16

224

9.139,11

301

6.769,70

302

6.883,43

303

6.940,30

304

6.997,16

305

7.110,89

306

7.280,81

307

7.508,28

308

7.735,74

309

7.962,52

310

8.133,12

311

8.483,11

312

8.653,03

313

8.823,63

314

8.994,22

315

9.164,82

316

9.334,74

317

9.505,34

318

9.732,80

319

10.512,67

320

11.023,78

321

12.046,68

322

12.387,88

323

13.466,97

324

15.231,83

 

 

ARTÍCULO 5º.- Elevese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación, publíquese y archívese.

DADA EN SALA  DR. RAUL RICARDO ALFONSIN   DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD  DE COLONIA CAROYA, EN SESIÓN ORDINARIA DEL 18  DE MARZO DE 2015.    

 

 

            Lic. Cecilia Della Casa: Presidente Concejo Deliberante

Lic. Eliana De Buck: Secretaria Legislativa