El Concejo creó el Programa de Trazabilidad de Aceite Vegetal Usado
El Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya, aprobó por unanimidad la creación del Programa de Trazabilidad de Aceite Vegetal Usado (AVUs). La ordenanza, tiene por objetivo regular, controlar y gestionar el aceite en cuestión.
El Concejo Deliberante de la ciudad de Colonia Caroya, aprobó por unanimidad, el proyecto de ordenanza mediante el cual se crea el Programa de Trazabilidad de Aceite Vegetal Usado (AVUs), es decir, aceite vegetal que se origine o provenga de su utilización en las actividades de cocción o preparación mediante fritura total o parcial de alimentos.
De esa manera, el Estado deberá regular, controlar y gestionar la generación, manipulación, almacenamiento y disposición de AVUs, a los fines de “prevenir la contaminación hídrica y del suelo; proteger la infraestructura de saneamiento básico del Radio Municipal de Colonia Caroya; preservar la salud de la población evitando que los AVUs puedan ser reutilizados para el consumo comestible humano; aumentar en el sector gastronómico y comunidad general, el grado de concientización por el cuidado del medio ambiente y la salud; preservar el ambiente, evitando la contaminación por este residuo”, según reza el proyecto.
A quiénes alcanza
La norma, que será aplicada por la secretaria de Control y Fiscalización de la Municipalidad, alcanza a todos los establecimientos gastronómicos, públicos o privados responsables de cualquier proceso o actividad que genere mensualmente más de 10 Litros de aceite vegetal usado.
Dichos generadores, deberán almacenar los AVUs en recipientes que en su parte exterior se encuentren lavados, secos y limpios, debidamente identificados, con capacidad de fácil manipulación y transporte, con tapa a rosca y/o precintos metálicos, hasta su retiro del establecimiento por parte del transportista operador, sin ser mezclados con otras sustancias líquidas o sólidas.
Los generadores de AVUs no podrán verter el aceite en cuestión a las redes y colectores cloacales, conductos pluviales, sumideros, acequias o el suelo, como así también, sus componentes sólidos mezclados o separados y deberán contar con el certificado de Retiro de AVUs que será entregada por un Operador donde será aclarada la fecha y cantidad de aceite del último retiro.
Consideraciones
La recolección, almacenamiento temporario, transporte y disposición final de los AVUs estará a cargo de operadores debidamente habilitados de acuerdo a los preceptos normativos vigentes Nacionales, Provinciales y/o Municipales para funcionar.
Los Operadores deberán dejar constancia de la recolección de Aceite, mediante un certificado de Retiro de AVUs a cada Generador Comercial.
La Municipalidad, por su parte, instrumentará la creación de un programa integrado destinado a la recolección de aceites vegetales usados, el cual será llevado a cabo por la Autoridad de Aplicación, quien establecerá los convenios o mecanismos necesarios con los Generadores Comerciales, Generadores Domésticos y Operadores.
Sanciones
• El Generador Comercial que no haga entrega de los aceites vegetales usados a un Operador habilitado o no posea el Certificado de Retiro de AVUs, será sancionado con Apercibimiento en la primera infracción. En caso de Reincidencia 50 UEM (Unidad Económica Multa equivalente a 1 litro Nafta Súper).
• Quien vierta aceites vegetales usados, solos o mezclados con otros líquidos o solidos a redes cloacales, conductos pluviales, sumideros, acequias o suelo, incumpla con las especificaciones de almacenamiento de los aceites vegetales usados será sancionado con Apercibimiento en la primera infracción. En caso de Reincidencia 100 UEM (Unidad Económica Multa equivalente a 1 litro Nafta Súper).
• Toda otra infracción que no se encuentre explícita en la presente ordenanza, será sancionado con apercibimiento en la primera infracción. En caso de reincidencia será sancionado con 150 UEM (Unidad Económica Multa equivalente a 1 litro Nafta Súper).